Decreto núm. 25, publicado el 19 de Mayo de 2021. MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 55 DE 2019, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE DETERMINA APORTE ESTATAL A MUNICIPALIDADES QUE INDICA, PARA SUS ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE SALUD MUNICIPAL, POR EL PERIODO QUE SEÑALA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 55 DE 2019, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE DETERMINA APORTE ESTATAL A MUNICIPALIDADES QUE INDICA, PARA SUS ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE SALUD MUNICIPAL, POR EL PERIODO QUE SEÑALA
Núm. 25.- Santiago, 27 de noviembre de 2020.
Visto:
Lo solicitado por memorándum C5 Nº 33, C52 Nº 69, C52 Nº 112, C52 Nº 265, C53 Nº 13 y C53 Nº 16, todos de 2020, de la División Atención Primaria, y lo dispuesto en la Constitución Política de la República de Chile; en la ley Nº 19.378, que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979 y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469; en el decreto supremo Nº 2.296, de 1995, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento General de la ley Nº 19.378; en el decreto supremo Nº 1.889, de 1995, del Ministerio de Salud, que aprueba el reglamento de la carrera funcionaria del personal regido por el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal; en el decreto supremo Nº 136, de 2004, del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; en el decreto supremo Nº 140, de 2004, del Ministerio de Salud, que establece el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; en el decreto supremo Nº 4 de 2020, del Ministerio de Salud, que declaró alerta sanitaria en todo el territorio de la República; en el decreto supremo Nº 104 de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declaró estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile; el decreto supremo Nº 30 de 2017, del Ministerio de Salud, que fijó los establecimientos rurales de desempeño difícil de atención primaria de salud, para el período 2018 a 2022; el decreto supremo Nº 55 de 24 de diciembre de 2019, del Ministerio de Salud, que determina el aporte estatal a las municipalidades, para sus entidades administradoras de salud municipal, año 2020; y la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y
Considerando:
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Que, el artículo 49 de la ley Nº 19.378, dispone que cada entidad administradora de salud municipal recibirá mensualmente, del Ministerio de Salud, a través de los Servicios de Salud y por intermedio de las municipalidades correspondientes, un aporte estatal en base a la incidencia de los criterios allí establecidos.
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Que, el aludido aporte estatal, se establece anualmente mediante decreto fundado del Ministerio de Salud, previa consulta al Gobierno Regional correspondiente...
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