Decreto núm. 25 EXENTO, publicado el 17 de Enero de 2017. DICTA ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE DE BASURAS, DESECHOS, ESCOMBROS O RESIDUOS DE CUALQUIER TIPO - MUNICIPALIDAD DE QUINCHAO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 658396681

Decreto núm. 25 EXENTO, publicado el 17 de Enero de 2017. DICTA ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE DE BASURAS, DESECHOS, ESCOMBROS O RESIDUOS DE CUALQUIER TIPO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE QUINCHAO
Rango de LeyDecreto

DICTA ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE DE BASURAS, DESECHOS, ESCOMBROS O RESIDUOS DE CUALQUIER TIPO

Núm. 25 exento.- Achao, 5 de enero de 2017.

Visto:

Lo dispuesto en la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fuera aprobado por el DFL N° 1, de 2006, del Ministerio del Interior; la ley N° 18.290, de Tránsito, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fuera aprobado por el DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones, y de Justicia; la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; la demás normativa aplicable,

Considerando:

  1. Que el artículo literal f) de la ley Nº 18.695, citada en el Visto, entrega a las Municipalidades, en el ámbito de su territorio, la función privativa del aseo y ornato de la comuna. Asimismo, el artículo 4°, del citado cuerpo legal, en su literal b), encarga a las Municipalidades para desarrollar, en el ámbito de su territorio, directamente o con otros órganos de la Administración del Estado, la función de salud pública y la protección al medio ambiente, y en su literal f), las funciones relacionadas con el transporte y tránsito públicos.

  2. Que el artículo 192 bis de la Ley N° 18.290, de Tránsito, citada en el Visto, sanciona el transporte, traslado o depósito de basuras, desechos o residuos de cualquier tipo, hacia o en la vía pública, sitios eriazos, en vertederos o depósitos clandestinos o ilegales, o en los bienes nacionales de uso público.

  3. Con fecha 25 de noviembre de 2015 entra en vigencia ley Nº 20.879, que sanciona el transporte de desechos hacia vertederos clandestinos y que el inciso quinto del ya citado artículo 192 bis, establece que: "Las Municipalidades dictarán una ordenanza que regule las autorizaciones para transportar basura, desechos, escombros o residuos de cualquier tipo, estableciendo los requisitos y el procedimiento para conceder dicha autorización y la obligación de portarla en el vehículo, en los casos que corresponda. El transporte señalado se regirá por lo dispuesto en la ordenanza municipal correspondiente a la comuna donde se genera la basura, desechos, escombros o residuos. Lo anterior es sin perjuicio de las demás exigencias y autorizaciones que se requieran, en conformidad a la normativa vigente".

  4. Que, en evaluación de H. Concejo Municipal mediante acuerdo Nº 94, en acta ordinaria N° 38, con fecha 1 de diciembre de 2016.

Díctase la siguiente ordenanza municipal para la autorización de transporte de basuras, desechos, escombros o residuos de cualquier tipo.

Washington Ulloa Villarroel, Alcalde.- Francisco Ruiz Uribe, Secretario Municipal.

ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE TRANSPORTE DE BASURAS, DESECHOS, ESCOMBROS O RESIDUOS DE CUALQUIER TIPO EN LA COMUNA DE QUINCHAO

TÍTULO I DE LAS BASES Y FUNDAMENTOS Artículos 1 a 8
Artículo 1°

El que transporte basura, desechos, escombros o residuos de cualquier tipo, generados en la comuna, deberá solicitar autorización en el Departamento de Obras, de la Ilustre Municipalidad de Quinchao en forma previa a realizar el transporte.

Artículo 2°

La referida autorización deberá solicitarse siempre que se transporte basura, desechos, escombros o residuos de cualquier tipo, sin perjuicio de las demás autorizaciones y exigencias especiales que se requieran para el transporte de otro tipo de residuos conforme a la normativa vigente, tales como las establecidas en el decreto supremo N° 148, de 2003, que establece el Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos; el decreto supremo N° 6, de 2009, que establece el Reglamento sobre manejo de residuos de establecimientos de atención de salud y el decreto supremo N° 594, de 2000, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo, todos del Ministerio de Salud.

Artículo 3°

Las condiciones de transporte de basura, desechos, escombros o residuos de cualquier tipo serán autorizadas solo para aquellos vehículos que cuenten con los dispositivos necesarios para evitar que escurran o caigan al suelo. El transporte y retiro...

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