Decreto núm. 240 EXENTO, publicado el 23 de Junio de 2021. FIJA LOS RUBROS ESPECIALES AFECTADOS POR LA PANDEMIA PROVOCADA POR EL COVID-19, DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY Nº 21.354, QUE OTORGA BONOS DE CARGO FISCAL PARA APOYAR A LAS MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS, POR LA CRISIS GENERADA POR LA ENFERMEDAD COVID-19
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto |
FIJA LOS RUBROS ESPECIALES AFECTADOS POR LA PANDEMIA PROVOCADA POR EL COVID-19, DE CONFORMIDAD A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY Nº 21.354, QUE OTORGA BONOS DE CARGO FISCAL PARA APOYAR A LAS MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS, POR LA CRISIS GENERADA POR LA ENFERMEDAD COVID-19
Núm. 240 exento.- Santiago, 22 de junio de 2021.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; en el D.F.L. Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.880, que Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la Ley Nº 21.354, que Otorga bonos de cargo fiscal para apoyar a las micro y pequeñas empresas, por la crisis generada por la enfermedad Covid-19; en el decreto supremo Nº 31, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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Que, como es de público conocimiento, desde diciembre de 2019 y hasta la fecha, se ha producido un brote mundial del virus denominado coronavirus-2 del síndrome respiratorio agudo grave (SARS-CoV-2) que produce la enfermedad del coronavirus 2019 o Covid-19.
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Que, la situación descrita precedentemente ha afectado la salud de las personas y ha provocado daños de consideración en sus bienes, situación que se ha ido agravando conforme se ha ido expandiendo el virus y que ha significado que deba adoptarse una serie de medidas excepcionales para proteger la salud de la población.
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Que, con ocasión de todo lo anterior, se ha generado una paralización o una drástica reducción en las faenas o trabajos de millones de trabajadores, lo que ha ocasionado una disminución de los ingresos de las familias e incluso la pérdida de empleos. Asimismo, la contingencia ha afectado a las empresas de nuestro país, especialmente a las de menor tamaño, las que se han visto afectadas en el normal desarrollo de sus negocios y sus niveles de venta, liquidez y capital de trabajo.
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Que, con fecha 17 de junio de 2021, se publicó en el Diario Oficial la Ley Nº 21.354, que Otorga bonos de cargo fiscal para apoyar a las micro y pequeñas empresas, por la crisis generada por la enfermedad Covid-19. Esta ley establece, en su artículo 1º y entre otros beneficios, un bono de alivio a micro y pequeñas empresas de cargo fiscal, por una sola vez, ascendente a la suma de $1.000.000.- (un millón de pesos), para las personas naturales y jurídicas que hayan informado inicio de actividades en primera categoría ante el Servicio de Impuestos Internos al 31 de marzo de 2020, estén o no exentas del pago del Impuesto al Valor Agregado, y que cumplan con los siguientes requisitos copulativos:
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Sus ingresos anuales por ventas y servicios del giro sean superiores a 0,01 (cero coma cero uno) e inferiores a 25.000 (veinticinco mil) unidades de fomento en el año calendario 2020. Al efecto, se considerará el valor de la unidad de fomento al 31 de diciembre de 2020.
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