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Decreto núm. 24, publicado el 15 de Marzo de 2022. CREA COMISIÓN ASESORA PRESIDENCIAL EN MATERIA ESPACIAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN
Rango de LeyDecreto

CREA COMISIÓN ASESORA PRESIDENCIAL EN MATERIA ESPACIAL

Núm. 24.- Santiago, 1 de diciembre de 2021.

Visto:

Lo dispuesto en los artículos 24, 326 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.105, que crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación; en la ley Nº 20.502, que crea el Ministerio del Interior y Seguridad Pública y el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Consumo de Drogas y Alcohol, y modifica diversos cuerpos legales; en la ley Nº 21.080, que modifica diversos cuerpos legales con el objeto de modernizar el Ministerio de Relaciones Exteriores; en la Ley Nº 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional; en el decreto ley Nº 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones dependientes del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y organiza la Dirección Superior de las Telecomunicaciones del País; en el decreto supremo Nº 77, de 1982, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el convenio sobre los principios que deben regir las actividades de los estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la luna y otros cuerpos celestes; en el decreto supremo Nº 181, de 2015, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que crea comisión asesora presidencial denominada Consejo de Ministros para el Desarrollo Espacial; en el decreto supremo Nº 28, de 2006, del Ministerio de Bienes Nacionales, que crea el Sistema Nacional de Coordinación de Información Territorial; en el decreto supremo Nº 4, de 2020, del Ministerio de Defensa Nacional, que Aprueba Política de Defensa Nacional de Chile Edición 2020; y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que, el Estado, como promotor del bien común y el desarrollo nacional, en el marco de sus atribuciones, debe adoptar las políticas y ejecutar las acciones de manera de proveer el marco necesario destinado a cumplir dichos fines;

  2. Que, a través de la explotación del espacio como un medio y un recurso en favor del desarrollo nacional, le permitan a Chile posicionarse como un Polo de Servicios y Desarrollo Científico-Tecnológico, con ello, como un actor relevante para la región en la reducción de la brecha digital y tecnológica, mediante el desarrollo de tecnologías, generación de conocimiento, promoción del talento y prestación de servicios espaciales, que permitan a través del acceso al espacio el incremento de la calidad de vida y seguridad de las personas;

  3. Que, las aplicaciones derivadas de los usos de las tecnologías en el espacio tienen múltiples utilidades, siendo además de importancia estratégica. Especialmente relevante es la información que se obtenga de las observaciones satelitales para el estudio de los múltiples procesos naturales y humanos que se desarrollan en el espacio terrestre y en el territorio nacional;

  4. Que, a nivel político, es necesario integrar dentro del funcionamiento interior del Estado a los diversos sectores que presentan intereses o cuyas funciones legales son determinantes en el desarrollo de las materias espaciales, en la discusión y elaboración de las políticas nacionales, programas, proyectos y demás iniciativas tendientes a dicha finalidad;

  5. Que, en ese marco, resulta recomendable que exista una coordinación adecuada entre estos componentes, a través de una gobernanza que tenga una mirada sistémica y estratégica, con vista no sólo a las necesidades inmediatas, sino también con foco en el mediano y largo plazo en la aplicación de las políticas públicas en materia espacial. Que, asimismo. permita que se distribuyan y asignen correctamente las tareas y se cuente con información de calidad para la asignación de los recursos necesarios;

  6. Que, a mayor abundamiento, nuestro país ha ratificado diversos tratados multilaterales sobre la materia, a saber, 1) Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, ratificado por Chile en 1967 y promulgado mediante el decreto supremo Nº 77, de 1982, del Ministerio de Relaciones Exteriores; 2) Acuerdo sobre el salvamento y la devolución de astronautas y la restitución de objetos lanzados al espacio ultraterrestre, ratificado por Chile en 1968 y promulgado mediante el decreto supremo Nº 76, de 1982, del Ministerio de Relaciones Exteriores; 3) Convenio sobre la responsabilidad internacional por daños causados por objetos espaciales, ratificado por Chile en 1972 y promulgado mediante el decreto supremo Nº 818, de 1976, del Ministerio de Relaciones Exteriores; 4) Convenio sobre el registro de objetos lanzados al espacio ultraterrestre, ratificado por Chile en 1975 y promulgado mediante el decreto supremo Nº 814, de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores; y 5) Acuerdo que debe regir las actividades de los Estados en la Luna y otros cuerpos celestes, ratificado por Chile en 1979 y promulgado mediante el decreto supremo Nº 987, de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores;

  7. Que, el Consejo de Ministros para el Desarrollo Espacial, creado por el decreto supremo Nº 181, de 2016, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, acordó en su sesión Nº 2020-01, de fecha 16 de octubre de 2020, que debía avanzarse en una nueva estructura asesora que permita desarrollar adecuadamente una política espacial y la implementación del programa espacial. En tal sentido, se estimó como deseable contar con un consejo asesor a cargo de las definiciones políticas, y un comité ejecutivo. En ese sentido, los Ministros presentes en dicha sesión acordaron recomendar al Presidente de la República modificar la referida estructura, habida consideración de la relevancia que dieron los integrantes del Consejo del desarrollo de tecnologías y capacidades para el desarrollo espacial nacional, por lo que se hace necesario derogar el decreto supremo Nº 181, de 2016, ya señalado, y reemplazarlo por el presente acto administrativo;

  8. Que, el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, conforme a lo establecido en la ley Nº 20.502, es el colaborador directo e...

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