Decreto núm. 232, publicado el 28 de Noviembre de 2018. APRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DE CALIFICACIONES DEL PERSONAL DE LA COMISIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Rango de Ley | Decreto |
Núm. 232.- Santiago, 27 de julio de 2018.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 47 del DFL N° 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; los artículos 32 al 52 del DFL N° 29/2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; el decreto N° 1.825/1998, del Ministerio del Interior, Reglamento General de Calificaciones del personal afecto al Estatuto Administrativo; el decreto supremo N° 292/1999, Reglamento Especial de calificaciones de Conicyt; la facultad que me confiere el artículo 32, N° 6, de la Constitución Política de Chile, y demás normativa aplicable.
Considerando:
Que, la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica (Conicyt) necesita de un Reglamento Especial de Calificaciones para su personal orientado a organizar y objetivar el proceso de evaluación del desempeño de su personal.
Decreto:
Apruébase el siguiente Reglamento Especial de Calificaciones del Personal de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica:
Primero.- Objeto. Este Reglamento establece las normas especiales sobre la calificación del personal que regirá a la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica.
Segundo.- Formatos. Corresponderá al Director/a Ejecutivo/a de Conicyt aprobar mediante resolución los modelos de Hoja de Vida, Hoja de Informes de Evaluación, Hoja de Precalificación, Hoja de Calificaciones y los Instrumentos Auxiliares del Sistema de Calificaciones (Autoevaluación, Compromiso de Desempeño Individual, Entrevistas de Retroalimentación).
Tercero.- Factores y subfactores. La calificación del personal de la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica considerará la evaluación de los siguientes factores y subfactores, diferenciados para cada estamento:
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Factores de Calificación Directivos:
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Factores de Calificación Estamento Profesional, Técnico, Administrativo y Auxiliar:
Cuarto.- Notas. El proceso de calificación evaluará los factores y subfactores que se señalaron, por medio de notas que tendrán los siguientes valores y conceptos:
Las notas asignadas a los subfactores respectivos deberán expresarse en enteros sin decimales, correspondiendo la nota de cada factor al promedio aritmético de las notas asignadas a los subfactores respectivos.
Para el cálculo del puntaje final, las notas asignadas a los factores se multiplicarán por el coeficiente que se establece para cada uno de ellos, dependiendo del estamento que corresponda, y la suma de los mismos dará el puntaje final de...
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