Decreto núm. 2, publicado el 15 de Enero de 2022. DETERMINA A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2022 EL INGRESO MÍNIMO MENSUAL, ASIGNACIÓN FAMILIAR Y MATERNAL Y SUBSIDIO FAMILIAR QUE INDICA - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 881713182

Decreto núm. 2, publicado el 15 de Enero de 2022. DETERMINA A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2022 EL INGRESO MÍNIMO MENSUAL, ASIGNACIÓN FAMILIAR Y MATERNAL Y SUBSIDIO FAMILIAR QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

DETERMINA A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2022 EL INGRESO MÍNIMO MENSUAL, ASIGNACIÓN FAMILIAR Y MATERNAL Y SUBSIDIO FAMILIAR QUE INDICA

Núm. 2.- Santiago, 6 de enero de 2022.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 24 y 326 de la Constitución Política de la República de Chile; en el artículo 23 del DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto supremo Nº 31, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Ley Nº 21.360, que Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar, y otorga ayudas extraordinarias para las familias en contexto del COVID-19; y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, el artículo 7 de la Ley Nº 21.360, establece que: "A partir del 1 de enero de 2022, el ingreso mínimo mensual para los trabajadores mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad será el monto que corresponda según se establece en los siguientes literales:

    1. En caso de que el crecimiento del Indicador Mensual de Actividad Económica, en adelante "Imacec", desestacionalizado, determinado e informado por el Banco Central de Chile, correspondiente a noviembre de 2021 hubiere crecido menos de tres puntos porcentuales respecto del mes de mayo de 2021, el monto del ingreso mínimo señalado en el encabezado de este artículo corresponderá a $345.000.

    2. En caso que el crecimiento del Imacec desestacionalizado, determinado e informado por el Banco Central de Chile, correspondiente a noviembre de 2021 hubiere crecido tres o más puntos porcentuales respecto del mes de mayo de 2021, el monto del ingreso mínimo señalado en el encabezado de este artículo corresponderá a $350.000".

  2. Que, de acuerdo al artículo 8 de la Ley Nº 21.360, antes mencionada, para los trabajadores menores de 18 años de edad y mayores de 65 años de edad, el ingreso mínimo mensual para efectos no remuneracionales, la asignación familiar y maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares y el subsidio familiar, establece que: "A partir del 1 de enero de 2022, elévanse los montos señalados en los artículos 2, 3, 4 y 5 de esta ley en la misma proporción en que se aumente el monto del ingreso mínimo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR