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Decreto núm. 2, publicado el 09 de Abril de 2015. CREA CONSEJO ASESOR PRESIDENCIAL CONTRA LOS CONFLICTOS DE INTERÉS, EL TRÁFICO DE INFLUENCIAS Y LA CORRUPCIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

CREA CONSEJO ASESOR PRESIDENCIAL CONTRA LOS CONFLICTOS DE INTERÉS, EL TRÁFICO DE INFLUENCIAS Y LA CORRUPCIÓN

Núm. 2.- Santiago, 10 de marzo de 2015.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 1º, inciso tercero, 24, 32 Nº 6 y 33 de la Constitución Política de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 20.798 de Presupuestos del Sector Público para el año 2015, y en el artículo 10.4.2 de la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

1) Que los conflictos de interés, el tráfico de influencias y la corrupción son graves problemas que afectan a los negocios, a la política, al servicio público y a la relación entre éstos, tanto a nivel internacional como en nuestro país.

2) Que los conflictos éticos afectan el comportamiento de los mercados y la rectitud de los negocios;

3) Que el ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones, debiendo velar por el interés general por sobre el particular;

4) Que, sin embargo, el régimen jurídico en materia de conflictos de interés, integridad y transparencia del mundo de los negocios, la política y la función pública resulta insuficiente para enfrentar los desafíos que este Gobierno se ha fijado;

5) Que, en consecuencia, resulta necesario revisar el régimen jurídico vigente en nuestro país y proponer medidas concretas de orden legal y reglamentario para el cumplimiento efectivo de los principios éticos, de integridad y transparencia, y el eficaz control del tráfico de influencias, la corrupción y los conflictos de interés.

Decreto:

"Artículo 1º.- Créase un Consejo Asesor Presidencial denominado "Consejo Asesor Presidencial contra los conflictos de interés, el tráfico de influencias y la corrupción", en adelante "el Consejo Asesor", que tendrá por objeto proponer un nuevo marco normativo, que permita el cumplimiento efectivo de los principios éticos, de integridad y transparencia, en sus aspectos legales y administrativos para logar el eficaz control del tráfico de...

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