Decreto núm. 165, publicado el 14 de Agosto de 2017. MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 1.579, DE 1991, DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, QUE DETERMINA INTEGRANTES DE LA SECCIÓN NACIONAL DE LA CONVENCIÓN PARA LA CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS VIVOS MARINOS ANTÁRTICOS Y FUNCIONES QUE TENDRÁ - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 691285389

Decreto núm. 165, publicado el 14 de Agosto de 2017. MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 1.579, DE 1991, DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, QUE DETERMINA INTEGRANTES DE LA SECCIÓN NACIONAL DE LA CONVENCIÓN PARA LA CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS VIVOS MARINOS ANTÁRTICOS Y FUNCIONES QUE TENDRÁ

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA DECRETO SUPREMO N° 1.579, DE 1991, DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, QUE DETERMINA INTEGRANTES DE LA SECCIÓN NACIONAL DE LA CONVENCIÓN PARA LA CONSERVACIÓN DE LOS RECURSOS VIVOS MARINOS ANTÁRTICOS Y FUNCIONES QUE TENDRÁ

Núm. 165.- Santiago, 2 de noviembre de 2016.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 24, 326 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley Nº 161, de 1978, Estatuto Orgánico del Ministerio de Relaciones Exteriores; en la Convención sobre la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos, suscrita por Chile en la ciudad de Canberra, Australia, el 22 de septiembre de 1980, aprobada por la H. Junta de Gobierno mediante acuerdo adoptado con fecha 4 de junio de 1981, cuyo instrumento de ratificación se depositó ante el Gobierno de Australia el 22 de julio de 1981, y promulgada y mandada a cumplir como Ley de la República por S.E. el Presidente de la República mediante decreto Nº 662, de 1981, del Ministerio de Relaciones Exteriores; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, mediante decreto supremo Nº 1.579, de 1991, del Ministerio de Relaciones Exteriores, se determina a los integrantes de la Sección Nacional de la Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos y funciones que ésta tendrá, la cual tiene por objeto coordinar la acción de los organismos del Estado que intervienen en los asuntos de la conservación y utilización racional de los recursos vivos marinos antárticos, de la salvaguarda de su medio ambiente y de la protección de la integridad del ecosistema marino antártico; asesorar al Ministerio de Relaciones Exteriores en el estudio de todas las materias relacionadas con la Convención a fin de cumplir en forma adecuada las funciones y obligaciones que Chile adquirió como Parte Contratante de la Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos, incluyendo el enlace y la coordinación con la Comisión y Comité Científico de la Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos, ambos con sede en Hobart, Tasmania, Australia y la necesidad de realizar...

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