Decreto núm. 164, publicado el 07 de Noviembre de 2014. CREA COMISIÓN ASESORA TÉCNICA EN MATERIAS RELATIVAS AL VIRUS ÉBOLA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Decreto |
CREA COMISIÓN ASESORA TÉCNICA EN MATERIAS RELATIVAS AL VIRUS ÉBOLA
Núm. 164.- Santiago, 10 de octubre de 2014.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 19 Nº 9, de la Constitución Política de la República de Chile; en el artículo 4º del decreto con fuerza de ley Nº 1 de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979 y de las leyes Nº 18.469 y Nº 18.933; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica, Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Nº 21, del artículo 1º, del decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto supremo Nº 136 del año 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento de esta Secretaría de Estado y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República y sus modificaciones y
Considerando:
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Que, el Ministerio de Salud debe efectuar la vigilancia en salud pública y evaluar la situación de la población. En el ejercicio de esta función debe estudiar, analizar y mantener actualizada la información sobre la materia, sus determinantes y tendencias; emplear un adecuado sistema de vigilancia epidemiológica y control de enfermedades transmisibles y no transmisibles e investigar los brotes de enfermedades y coordinar la aplicación de las medidas de control.
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Que, además, en casos de amenaza de alguna epidemia o del aumento relevante de alguna enfermedad o de emergencias que impliquen un grave riesgo para la salud o la vida de los habitantes, puede adoptar medidas, disponer alertas y declarar emergencias sanitarias para su enfrentamiento, de acuerdo con las normas contenidas en el Código Sanitario.
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Que, asimismo, puede establecer protocolos de atención de carácter obligatorios para el sector público y privado en caso de existir una causa sanitaria de grave riesgo para la salud o la vida de los habitantes de la República.
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- Que, el virus del Ébola (EVE) (anteriormente conocida como fiebre hemorrágica del Ébola) es una enfermedad grave, con una tasa de letalidad de hasta un 90%. No existiendo un tratamiento específico aprobado o una vacuna con licencia disponible para el uso en seres humanos o animales. Las personas se infectan por transmisión de persona a persona por contacto directo, a través de las membranas mucosas o de...
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