Decreto núm. 138, publicado el 08 de Mayo de 2019. MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN INTERNACIONAL RUTA 5 TRAMO RÍO BUENO - PUERTO MONTT' - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 782200657

Decreto núm. 138, publicado el 08 de Mayo de 2019. MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'CONCESIÓN INTERNACIONAL RUTA 5 TRAMO RÍO BUENO - PUERTO MONTT'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

MODIFICA POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "CONCESIÓN INTERNACIONAL RUTA 5 TRAMO RÍO BUENO - PUERTO MONTT"

Núm. 138.- Santiago, 23 de octubre de 2018.

Vistos:

- El DFL N°850, de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL N°206, de 1960, Ley de Caminos.

- El decreto supremo MOP N°900, de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP N°164 de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, en particular su artículo 19°.

- El decreto supremo MOP N° 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, en especial su artículo 69°.

- La Ley N° 21.044, de fecha 17 de noviembre de 2017, que crea la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El DFL N°7, de fecha 25 de enero de 2018, que fija la planta de personal y fecha de iniciación de actividades de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El decreto supremo MOP N° 1.112, de fecha 14 de noviembre de 1997, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de las obras públicas fiscales comprendidas entre los Km. 890,00 y 1.020,637 de la Ruta 5 Sur y entre los Km. 1.018,500 de la Ruta 5 Sur y 1.023,788 del Proyecto By Pass Puerto Montt, denominadas "Concesión Internacional Ruta 5 Tramo Río Bueno - Puerto Montt".

- La resolución DGOP (Exenta) N° 3.126, de fecha 10 de octubre de 2007.

- El oficio Ord. N° 78/10, de fecha 27 de agosto de 2010.

- El decreto supremo MOP N° 378, de fecha 27 de octubre de 2010.

- El oficio Ord. N° 001, de fecha 9 de diciembre de 2016, del Jefe de la Unidad de Mejoramiento de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas.

- El Memorándum N° 30/2016, de fecha 15 de diciembre de 2016, del Inspector Fiscal.

- El oficio Ord. CONASET N° 94, de fecha 16 de diciembre de 2016, de la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito.

- El Memorándum N° 0024, de fecha 20 de diciembre de 2016, del Jefe de la Unidad de Mejoramiento de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas.

- El oficio Ord. N° 01, de fecha 6 de enero de 2017, del Jefe de la División de Explotación de Obras Concesionadas.

- El oficio Ord. N° 051/010, de fecha 2 de febrero de 2017, del Jefe de la División de Evaluación Social de Inversiones del Ministerio de Desarrollo Social.

- El Memorándum N° 0109, de fecha 9 de marzo de 2017, de la Jefa de la Unidad de Medio Ambiente y Territorio de la Coordinación de Concesiones.

- El Memorándum N° 25/2017, de fecha 11 de julio de 2017, del Inspector Fiscal.

- El Memorándum N° 0504, de fecha 26 de septiembre de 2017, de la Jefa de la Unidad de Medio Ambiente y Territorio de la Coordinación de Concesiones.

- El oficio Ord. N° 415/EXPL. RB-PM/2017, de fecha 22 de noviembre de 2017, del Inspector Fiscal.

- La Carta GG 1000-683.17, de fecha 24 de noviembre de 2017, de la Sociedad Concesionaria.

- El oficio Ord. N° 419/EXPL. RB-PM/2017, de fecha 27 de noviembre de 2017, del Inspector Fiscal.

- El Oficio Ord. N° 155, de fecha 27 de noviembre de 2017, del Jefe de la División de Operaciones de Obras Concesionadas (S).

- La Resolución DGOP (Exenta) N° 4.749, de fecha 4 de diciembre de 2017.

- El oficio Ord. N° 444/EXPL. RB-PM/2017, de fecha 20 de diciembre de 2017, del Inspector Fiscal.

- La carta GE 1100 NOTA 01, de fecha 4 de enero de 2018, de la Sociedad Concesionaria.

- La carta GE 1100 NOTA 02, de fecha 4 de enero de 2018, de la Sociedad Concesionaria.

- La Resolución Exenta N° 32, de fecha 12 de enero de 2018, del Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos.

- La carta GG 1000 NOTA 04, de fecha 19 de enero de 2018, de la Sociedad Concesionaria.

- El oficio Ord. N° 32/EXPL. RB-PM/2018, de fecha 22 de enero de 2018, del Inspector Fiscal.

- La anotación en el Libro de Explotación, folio 41, de fecha 29 de enero de 2018 y el oficio Ord. N° 491/EXPL. RB-PM/2018, de la misma fecha, ambos del Inspector Fiscal (S).

- La carta GG 1000 NOTA 01, de fecha 2 de febrero de 2018, de la Sociedad Concesionaria.

- La anotación en el Libro de Explotación, folio 45, de fecha 7 de febrero de 2018, y el oficio Ord. N° 511/EXPL. RB-PM/2018, de la misma fecha, ambos del Inspector Fiscal (S).

- La carta GE 1100 NOTA 01, de fecha 11 de febrero de 2018, de la Sociedad Concesionaria

- El oficio Ord. N° 523/EXPL. RB-PM/2018, de fecha 14 de febrero de 2018, del Inspector Fiscal (S).

- La carta GE 1100 NOTA 01, de fecha 16 de febrero de 2018, de la Sociedad Concesionaria.

- La carta GE 1100 NOTA 02, de fecha 19 de febrero de 2018, de la Sociedad Concesionaria.

- La anotación en el Libro de Explotación, folio 03, de fecha 26 de febrero de 2018 y el oficio Ord. N° 539/EXPL. RB-PM/2018, de la misma fecha, ambos del Inspector Fiscal.

- El oficio Ord. N° 540/EXPL. RB-PM/2018, de fecha 26 de febrero de 2018, del Inspector Fiscal.

- La carta GE 1100 NOTA 04, de fecha 6 de marzo de 2018, de la Sociedad Concesionaria.

- Las cartas GE 1100 NOTA 197.18 y GE 1100 NOTA 3, ambas de fecha 15 de marzo de 2018, de la Sociedad Concesionaria.

- La carta GE 1100 NOTA 04, de fecha 26 de marzo de 2018, de la Sociedad Concesionaria.

- La carta GE 1100 NOTA 04, de fecha 2 de abril de 2018, de la Sociedad Concesionaria.

- El oficio Ord. N° 689/EXPL. RB-PM/2018, de fecha 24 de julio de 2018, del Inspector Fiscal (S).

- La carta GG 1000-473.18, de fecha 25 de julio de 2018, de la Sociedad Concesionaria.

- El oficio Ord. N° 691/EXPL. RB-PM/2018, de fecha 25 de julio de 2018, del Inspector Fiscal (S).

- El oficio Ord. N° 092, de fecha 26 de julio de 2018, del Jefe de la División de Operaciones de Obras Concesionadas (S).

- La Resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que los artículos 19° de la Ley de Concesiones de Obras Públicas y 69° de su Reglamento, establecen que el Ministerio de Obras Públicas, desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados.

  2. Que el artículo 69° N° 4 del Reglamento, agrega que el Director General de Obras Públicas, con el Visto Bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las características de las obras y servicios desde el momento que lo estime conveniente, aunque esté pendiente la determinación sobre la indemnización.

  3. Que de conformidad al artículo 2° de la Ley N° 21.044 de 2017, desde la fecha de inicio de las funciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas fijada en el DFL N°7 de 2018, ésta asumió la totalidad de las competencias, funciones y atribuciones que desempeñaba la Dirección General de Obras Públicas, por sí y a través de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas, dispuestas en el DFL N° 850 de 1997, Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, relacionadas con la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y por tanto, está encargada especialmente de continuar la gestión de los contratos de estudios, asesorías y concesión a través de sus etapas de proyecto, construcción y explotación, respecto de todos los contratos que, hasta la fecha de entrada en vigor de esa ley, tenía a su cargo.

  4. Que, mediante resolución DGOP (Exenta) N° 3.126, de fecha 10 de octubre de 2007, sancionada mediante decreto supremo MOP N° 378, de fecha 27 de octubre de 2010, el MOP modificó las características de las obras y servicios del contrato de concesión, en el sentido que "Sociedad Concesionaria de Los Lagos S.A." debió desarrollar los proyectos de ingeniería de las obras que en dicho acto se indican. Se deja constancia que dichos proyectos de ingeniería fueron aprobados por el Inspector Fiscal mediante Oficio Ord. N° 78/10, de fecha 27 de agosto de 2010.

  5. Que los proyectos de ingeniería señalados en el considerando precedente, fueron separados en dos grupos denominados: "PID G1: OSN con proyecto aprobado" y "PID G2: OSN con proyecto que requiere actualización".

  6. Que el desarrollo, progreso y aumento de población de las localidades y comunidades aledañas a la concesión ha determinado la necesidad de ejecutar nuevas inversiones que tienen como propósitos principales mejorar y proporcionar mayor seguridad a la infraestructura vial, al tránsito vehicular, peatonal y de ciclistas en las rutas y su entorno, aplicando soluciones que entreguen conectividad peatonal y que cuenten con criterios de diseño que incorporen los estándares de accesibilidad universal, así como dotar a las localidades y comunidades aledañas, de obras que permitan disminuir los riesgos de seguridad, actualizando los estándares de seguridad vial de la concesión y la protección de los usuarios frente a la posibilidad de caída de objetos desde las estructuras de ésta.

  7. Que en virtud de lo señalado precedentemente, el Ministerio de Obras Públicas estimó de interés público y urgencia modificar las características de las obras y servicios del contrato de concesión, en el sentido de ejecutar un conjunto de inversiones que permitirán otorgar un nivel de servicio y seguridad para los usuarios acorde al desarrollo experimentado en el entorno durante la vigencia del contrato de concesión, tales como paraderos de buses, refugios peatonales, pasarelas peatonales, circuitos peatonales, calles de servicio, señalización, iluminación y los correspondientes trabajos de saneamiento de los sectores a intervenir. Lo anterior, toda vez que se ha determinado que la conectividad vial y peatonal de las obras existentes en la Concesión Ruta 5, Tramo Río Bueno - Puerto Montt requieren de mejoras urgentes para disminuir las tasas de accidentabilidad por efectos de circulación o cruce de peatones, y disminuir los niveles de aislamiento o dificultades de...

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