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Decreto núm. 1308, publicado el 19 de Enero de 2019. AUTORIZA EMISIÓN DE BONOS DE LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO Y OTORGA GARANTÍA DEL ESTADO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA EMISIÓN DE BONOS DE LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO Y OTORGA GARANTÍA DEL ESTADO

Núm. 1.308.- Santiago, 10 de octubre de 2018.

Vistos:

El artículo 32 número 6 de la Constitución Política de la República de Chile; los artículos 44°, 45° y 46° del DL N° 1.263, de 1975; el artículo 11° de la Ley N° 18.196; el artículo 16° de la Ley N° 21.053 el artículo 3° de la Ley N° 19.880; el decreto del Ministerio de Hacienda N° 579, de 2017; y el Convenio de Programación N° 4, de 2003, y sus modificaciones, suscrito entre el Comité Sistema de Empresas de la Corporación de Fomento de la Producción y la Empresa de los Ferrocarriles del Estado.

Decreto:

  1. Autorícese a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado para emitir bonos en el mercado nacional hasta por un total de UF 3.600.000 (tres millones seiscientas mil Unidades de Fomento) o su equivalente en pesos, moneda de curso legal en Chile, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 16° de la Ley N° 21.053.

  2. La emisión autorizada estará sujeta a las características y condiciones financieras que se señalan a continuación:

    1. Emisor : Empresa de los Ferrocarriles del Estado.

    2. Tipo de Bonos : Bonos a ser emitidos en Chile, con cargo a líneas

      inscritas en el Registro de Valores en la Comisión

      del Mercado Financiero.

    3. Monto de la Emisión : Hasta UF 3.600.000 (tres millones seiscientas mil

      Unidades de Fomento) o su equivalente en pesos,

      moneda de curso legal en Chile.

    4. Moneda : Unidades de Fomento y/o pesos.

    5. Plazo : No inferior a 10 años y no superior a 35 años,

      contados desde el momento de su colocación.

    6. Amortización de Capital : Hacia el final del instrumento (bullet).

    7. Rescate Anticipado : Sin rescate anticipado.

    8. Tasa de Interés : Los bonos devengarán un interés anual sobre el

      valor nominal a la par, expresado en pesos o en

      Unidades de Fomento, pagadero semestral o anualmente,

      según determine la Empresa emisora, por semestres

      vencidos o anticipados, a una tasa que no podrá

      exceder de 2,70% anual.

    9. Plazo de colocación : Hasta el 31 de mayo de 2019.

    10. Garantizador : República de Chile.

    11. Objetivo : La Empresa de los Ferrocarriles del Estado destinará

      el 100% de los recursos provenientes de la colocación

      de los bonos a los siguientes usos:

    12. Refinanciar la

      deuda bancaria de corto plazo vigente de la Empresa,

      previa autorización del Ministerio de Hacienda, y

      ii) Financiar los proyectos de inversión contemplados

      en su Plan Trienal 2017 - 2019.

  3. La Empresa de los Ferrocarriles del...

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