Decreto núm. 1308, publicado el 19 de Enero de 2019. AUTORIZA EMISIÓN DE BONOS DE LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO Y OTORGA GARANTÍA DEL ESTADO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Decreto |
AUTORIZA EMISIÓN DE BONOS DE LA EMPRESA DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO Y OTORGA GARANTÍA DEL ESTADO
Núm. 1.308.- Santiago, 10 de octubre de 2018.
Vistos:
El artículo 32 número 6 de la Constitución Política de la República de Chile; los artículos 44°, 45° y 46° del DL N° 1.263, de 1975; el artículo 11° de la Ley N° 18.196; el artículo 16° de la Ley N° 21.053 el artículo 3° de la Ley N° 19.880; el decreto del Ministerio de Hacienda N° 579, de 2017; y el Convenio de Programación N° 4, de 2003, y sus modificaciones, suscrito entre el Comité Sistema de Empresas de la Corporación de Fomento de la Producción y la Empresa de los Ferrocarriles del Estado.
Decreto:
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Autorícese a la Empresa de los Ferrocarriles del Estado para emitir bonos en el mercado nacional hasta por un total de UF 3.600.000 (tres millones seiscientas mil Unidades de Fomento) o su equivalente en pesos, moneda de curso legal en Chile, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 16° de la Ley N° 21.053.
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La emisión autorizada estará sujeta a las características y condiciones financieras que se señalan a continuación:
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Emisor : Empresa de los Ferrocarriles del Estado.
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Tipo de Bonos : Bonos a ser emitidos en Chile, con cargo a líneas
inscritas en el Registro de Valores en la Comisión
del Mercado Financiero.
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Monto de la Emisión : Hasta UF 3.600.000 (tres millones seiscientas mil
Unidades de Fomento) o su equivalente en pesos,
moneda de curso legal en Chile.
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Moneda : Unidades de Fomento y/o pesos.
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Plazo : No inferior a 10 años y no superior a 35 años,
contados desde el momento de su colocación.
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Amortización de Capital : Hacia el final del instrumento (bullet).
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Rescate Anticipado : Sin rescate anticipado.
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Tasa de Interés : Los bonos devengarán un interés anual sobre el
valor nominal a la par, expresado en pesos o en
Unidades de Fomento, pagadero semestral o anualmente,
según determine la Empresa emisora, por semestres
vencidos o anticipados, a una tasa que no podrá
exceder de 2,70% anual.
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Plazo de colocación : Hasta el 31 de mayo de 2019.
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Garantizador : República de Chile.
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Objetivo : La Empresa de los Ferrocarriles del Estado destinará
el 100% de los recursos provenientes de la colocación
de los bonos a los siguientes usos:
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Refinanciar la
deuda bancaria de corto plazo vigente de la Empresa,
previa autorización del Ministerio de Hacienda, y
ii) Financiar los proyectos de inversión contemplados
en su Plan Trienal 2017 - 2019.
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La Empresa de los Ferrocarriles del...
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