Decreto núm. 111, publicado el 11 de Febrero de 2021. MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'AEROPUERTO CARRIEL SUR DE CONCEPCIÓN' Y APRUEBA CONVENIO AD- REFERÉNDUM Nº 2 - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 857467478

Decreto núm. 111, publicado el 11 de Febrero de 2021. MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA 'AEROPUERTO CARRIEL SUR DE CONCEPCIÓN' Y APRUEBA CONVENIO AD- REFERÉNDUM Nº 2

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

MODIFICA, POR RAZONES DE INTERÉS PÚBLICO, LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS OBRAS Y SERVICIOS QUE INDICA DEL CONTRATO DE CONCESIÓN DE LA OBRA PÚBLICA FISCAL DENOMINADA "AEROPUERTO CARRIEL SUR DE CONCEPCIÓN" Y APRUEBA CONVENIO AD- REFERÉNDUM Nº 2

Núm. 111.- Santiago, 24 de septiembre de 2020.

Vistos:

- El DFL MOP Nº 850 de 1997, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos, y sus modificaciones.

- El decreto supremo MOP Nº 900 de 1996, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial su artículo 19º.

- El decreto supremo MOP Nº 956 de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y sus modificaciones, en especial el artículo 69º.

- La Ley Nº 21.044, de fecha 17 de noviembre de 2017, que crea la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El DFL MOP Nº7, de fecha 25 de enero de 2018, que fija la planta de personal y fecha de iniciación de actividades de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas.

- El decreto supremo MOP Nº 210, de fecha 1 de julio de 2016, que adjudicó el contrato de concesión para la ejecución, reparación, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Aeropuerto Carriel Sur de Concepción".

- El Oficio (O) Nº 14/0412/6549, de fecha 7 de septiembre de 2017, del Director General de Aeronáutica Civil.

- El Oficio (O) Nº 14/0355/4985, de fecha 6 de julio de 2018, del Director General de Aeronáutica Civil.

- El Oficio (O) Nº 14/0417/5631, de fecha 30 de julio de 2018, del Director General de Aeronáutica Civil.

- La anotación en el Libro de Construcción de la Obra, folio Nº 0401, de fecha 30 de julio de 2018, del Inspector Fiscal.

- La resolución DGC Nº 0297/(exenta), de fecha 4 de septiembre de 2018.

- El Oficio (O) Nº 14/0060/0770, de fecha 29 de enero de 2019, del Director General de Aeronáutica Civil.

- La anotación en el Libro de Construcción de la Obra, folio Nº 0806, de fecha 26 de febrero de 2019, del Inspector Fiscal.

- El Oficio Ord. IF Nº 658/2019, de fecha 5 de junio de 2019, del Inspector Fiscal.

- El Oficio (O) Nº 14/0287/4042, de fecha 6 de junio 2019, del Director General de Aeronáutica Civil.

- El Oficio Ord. IFC Nº 659/219, de fecha 7 de junio de 2019, del Inspector Fiscal.

- La Carta Nº: GG 20190607, de fecha 7 de junio de 2019, de la Sociedad Concesionaria.

- El Oficio Ord. Nº 661/2019, de fecha 7 de junio de 2019, del Inspector Fiscal.

- El Oficio Ord. Nº 0169, de fecha 7 de junio de 2019, del Jefe de la División de Construcción.

- La resolución DGC (Exenta) Nº 1685, de fecha 7 de junio de 2019.

- La anotación en el Libro de Construcción de la Obra folio Nº 1083, de fecha 24 de julio de 2019, del Inspector Fiscal.

- La anotación en el Libro de Construcción de la Obra folio Nº 1084, de fecha 24 de julio de 2019, del Inspector Fiscal.

- La anotación en el Libro de Construcción de la Obra folio Nº 1086, de fecha 24 de julio de 2019, del Inspector Fiscal.

- La anotación en el Libro de Construcción de la Obra folio Nº 1154, de fecha 26 de agosto de 2019, del Inspector Fiscal.

- El Oficio Ord. Nº 0381, de fecha 15 de marzo de 2016, del Jefe de la División de Desarrollo y Licitación de Proyectos de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas.

- El Oficio (O) Nº 14/0067/0920, de fecha 10 de febrero de 2017, de la Directora del Departamento Comercial de la Dirección General de Aeronáutica Civil.

- La anotación en el Libro de Construcción de la Obra Folio Nº 0129, de fecha 7 de diciembre de 2017, del Inspector Fiscal.

- El Oficio (O) Nº 14/0028/0269, de fecha 11 de enero de 2018, del Director General de Aeronáutica Civil.

- El Oficio (O) Nº 14/0046/0514, de fecha 19 de enero de 2018, del Director General de Aeronáutica Civil.

- El Oficio (O) Nº 14/0180/2136, de fecha 27 de marzo de 2018, del Director General de Aeronáutica Civil.

- La anotación en el Libro de Construcción de la Obra, Folio Nº 0276, de fecha 14 de mayo de 2018, del Inspector Fiscal.

- La anotación en el Libro de Construcción de la Obra, Folio Nº 0301, de fecha 29 de mayo de 2018, del Inspector Fiscal.

- La anotación en el Libro de Construcción de la Obra, Folio SC Nº 0430, de fecha 14 de junio de 2018, de la Sociedad Concesionaria.

- La anotación en el Libro de Construcción de la Obra, Folio SC Nº 0456, de fecha 29 de junio de 2018, de la Sociedad Concesionaria.

- El Oficio (O) Nº 14/0463/6283, de fecha 20 de agosto de 2018, del Director General de Aeronáutica Civil.

- El Oficio (O) Nº 14/0059/0769, de fecha 29 de enero de 2019, del Director General de Aeronáutica Civil.

- El Acta Entrega de fecha 25 de abril de 2019, suscrita por el Inspector Fiscal y la Sociedad Concesionaria.

- La Minuta Nº 30 de Reunión del Comité de Gestión del Aeropuerto Carriel Sur de Concepción, de fecha 15 de mayo de 2019.

- El decreto supremo MOP Nº 51, de fecha 22 de mayo de 2019.

- El Oficio Ord. DAP Nº 423, de fecha 12 de julio de 2019, de la Directora Nacional de Aeropuertos.

- El Oficio (O) Nº 14/1/1083/5529, de fecha 19 de julio de 2019, del Director General de Aeronáutica Civil.

- El Oficio Ord. Nº 3769, de fecha 17 de septiembre de 2019, del Intendente Regional del Biobío.

- El Oficio (O) Nº 14/1/1723/9199, de fecha 25 de noviembre de 2019, del Director General de Aeronáutica Civil.

- El Oficio Ord. IF Nº 787/2019, de fecha 27 de noviembre de 2019, del Inspector Fiscal.

- El Oficio (O) Nº 14/1/1871/9806, de fecha 13 de diciembre de 2019, del Director General de Aeronáutica Civil.

- La Carta SC-GT-20200207-01, de fecha 7 de febrero de 2020, de la Sociedad Concesionaria.

- La resolución DGC (exenta) Nº 0454, de fecha 14 de febrero de 2020.

- El Oficio Ord. IF Nº 858/2020, de fecha 05 de marzo de 2020, del Inspector Fiscal.

- El Oficio (O) Nº 14/1/0418/1884, de fecha 19 de marzo de 2020, del Director General de Aeronáutica Civil.

- El Oficio Ord. IF Nº 864/2020, de fecha 20 de marzo de 2020, del Inspector Fiscal.

- La Carta GG 20200320, de fecha 20 de marzo de 2020, de la Sociedad Concesionaria.

- El Oficio Ord. IF Nº 868/2020, de fecha 20 de marzo de 2020, del Inspector Fiscal.

- El Oficio Ord. Nº 0177, de fecha 23 de marzo de 2020, del Jefe de la División de Construcción.

- La resolución DGC (exenta) Nº 0859, de fecha 25 de marzo de 2020.

- La Carta GG 20200525, de fecha 25 de mayo de 2020, de la Sociedad Concesionaria.

- La resolución exenta DGC Nº 1152, de fecha 29 de mayo de 2020.

- La anotación en el Libro de Construcción de la Obra, Folio Nº 1670, de fecha 2 de junio de 2020, del Inspector Fiscal.

- La anotación en el Libro de Construcción de la Obra, Folio Nº 1673, de fecha 3 de junio de 2020, del Inspector Fiscal.

- La anotación en el Libro de Construcción de la Obra, Folio Nº 1674, de fecha 3 de junio de 2020, del Inspector Fiscal.

- La anotación en el Libro de Construcción de la Obra, Folio Nº 1675, de fecha 3 de junio de 2020, del Inspector Fiscal.

- La anotación en el Libro de Construcción de la Obra, Folio Nº 1676, de fecha 3 de junio de 2020, del Inspector Fiscal.

- La anotación en el Libro de Construcción de la Obra, Folio Nº 1677, de fecha 3 de junio de 2020, del Inspector Fiscal.

- La anotación en el Libro de Construcción de la Obra, Folio Nº 1679, de fecha 5 de junio de 2020, del Inspector Fiscal.

- El Oficio (O) Nº 14/1/1143/4619, de fecha 25 de agosto de 2020, del Director General de Aeronáutica Civil.

- Las resoluciones Nº 1600, de 2008, y Nº7, de 2019, de la Contraloría General de la Republica, que fijaron normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

  1. Que el artículo 19º de la Ley de Concesiones de Obras Públicas establece que el Ministerio de Obras Públicas, en adelante el "MOP", podrá modificar las características de las obras y servicios contratados, a objeto de incrementar los niveles de servicio y estándares técnicos establecidos en las Bases de Licitación, o por otras razones de interés público debidamente fundadas.

  2. Que el artículo 69º del Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas establece que el Ministerio de Obras Públicas, desde que se perfeccione el contrato, podrá modificar, por razones de interés público, las características de las obras y servicios contratados, agregando en su Nº 4 que el Director General de Obras Públicas, con el visto bueno del Ministro de Obras Públicas y del Ministro de Hacienda, por razones de urgencia, podrá exigir la modificación de las obras y servicios desde el momento que lo estime conveniente, aunque esté pendiente la determinación sobre la indemnización.

  3. Que de conformidad al artículo 2 de la Ley Nº 21.044 de 2017, desde la fecha de inicio de las funciones de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas fijada en el DFL MOP Nº 7 de 2018, ésta asumió la totalidad de las competencias, funciones y atribuciones que desempeñaba la Dirección General de Obras Públicas, por sí y a través de la Coordinación de Concesiones de Obras Públicas, dispuestas en el DFL MOP Nº 850 de 1997, Ley Orgánica del Ministerio de Obras Públicas, relacionadas con la Ley de Concesiones de Obras Públicas, y por tanto, está encargada especialmente de continuar la gestión de los contratos de estudios, asesorías y concesión a través de sus etapas de proyecto, construcción y explotación, respecto de todos los contratos que, hasta la fecha de entrada en vigor de esa ley, tenían a su cargo.

  4. Que, mediante resolución DGC (exenta) Nº 0297, de fecha 4 de septiembre de 2018, sancionada mediante decreto supremo MOP Nº 51, de fecha 22 de mayo de 2019, el Ministerio de Obras Públicas modificó las características de las obras y servicios del contrato de concesión en el sentido que, en lo interesa al presente acto administrativo, se amplío en 86 días el plazo señalado en el tercer párrafo del artículo 1.9.6 de las Bases de Licitación, para la entrega de la segunda Declaración de...

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