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Decreto núm. 1, publicado el 25 de Febrero de 2019. REGLAMENTO QUE FIJA LA PLANTA DE PERSONAL DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TIERRA AMARILLA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE TIERRA AMARILLA
Rango de LeyDecreto

REGLAMENTO QUE FIJA LA PLANTA DE PERSONAL DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE TIERRA AMARILLA

Núm. 1.- Tierra Amarilla, 18 de diciembre de 2018.

Vistos, lo dispuesto en el:

  1. Ley Nº 19.280, de fecha 16 de diciembre de 1993, que modifica ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y establece normas sobre plantas de personal de las municipalidades.

  2. Decreto con fuerza de ley Nº 311-19.321 de fecha 5 de octubre de 1994, que adecua, modifica y establece planta de personal de la Municipalidad de Tierra Amarilla.

  3. Ley Nº 19.602, de fecha 25 de marzo de 1999, que modifica la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, en materia de gestión municipal.

  4. Ley Nº 20.033, de fecha 1 de julio de 2005, que modifica la ley Nº 17.235, sobre Impuesto Territorial; el decreto ley Nº 3.063, sobre Rentas Municipales; la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, y faculta a las municipalidades para otorgar condonaciones que indica.

  5. Ley Nº 20.554, de fecha 23 de enero de 2012, que crea Juzgados de Policía Local en las comunas que indica.

  6. Ley Nº 20.742, de fecha 1 de abril de 2014, que perfecciona el rol fiscalizador del concejo; fortalece la transparencia y probidad en las municipalidades; crea cargos y modifica normas sobre personal y finanzas municipales.

  7. Ley Nº 20.922, de fecha 25 de mayo de 2016, que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo.

  8. Ley Nº 20.965, de fecha 4 de noviembre de 2016, que permite la creación de consejos y planes comunales de seguridad pública.

  9. Decreto Nº 1.675, de 2017, del Ministerio de Interior y Seguridad Pública, que aprueba el reglamento que regula el procedimiento para establecer la categoría en que se ubicarán las municipalidades del país para efectos de determinar el rango de grados que corresponde asignar el cargo de alcalde dentro la planta municipal respectiva y las facultades del artículo 49 bis, 49 ter, 49 quáter, 49 quinquies, artículo 63 letra i), de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

  10. Dictamen Nº 17.773, de la Contraloría General de la República, de fecha 13 de julio de 2018, que imparte instrucciones en relación con el ejercicio de la facultad para fijar o modificar las plantas de personal de las municipalidades, y

    Considerando:

  11. La necesidad de fijar las plantas del personal de la municipalidad estableciendo el número de cargos para cada planta y fijar sus grados, en conformidad a que establece el artículo 49 bis de la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

  12. Decreto alcaldicio Nº 235, de fecha 21 de octubre de 1994, que encasilla a funcionarios municipales en las plantas y grados que en cada caso se indican y establece cargos vacantes.

  13. Certificado Nº 197, de fecha 12 de octubre de 2005, sobre acuerdo del Honorable Concejo para la creación del cargo de Administrador Municipal.

  14. Decreto exento Nº 1.064, de fecha 12 de abril de 2016, que crea el cargo Director de Seguridad Pública, en el escalafón directivo, grado 10º.

  15. El Acuerdo Nº 214 de fecha 14 de diciembre de 2018 del Honorable Concejo Municipal que aprueba la política de Recursos Humanos de la Municipalidad de Tierra Amarilla. Según decreto N° 3.956 del 17.12.2018 que aprueba la Política de Recursos Humanos.

  16. Certificado Nº 3578 de Disponibilidad Presupuestaria, de fecha 28.11.2018 conforme a lo señalado en el numeral 2, del artículo 49 bis de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

  17. Certificado Nº 3579 sobre el límite de gasto en personal, de fecha 28.11.2018, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para funcionarios municipales y de acuerdo a lo establecido en el artículo 49 bis,...

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