Decreto con Fuerza de Ley número 16, de 2023.- Aprueba Estatuto de la Universidad de Tarapacá, adecuado al Título II de la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales - vLex Chile

Decreto con Fuerza de Ley número 16, de 2023.- Aprueba Estatuto de la Universidad de Tarapacá, adecuado al Título II de la ley N° 21.094, sobre Universidades Estatales

Número de registroCVE-2515255
Fecha de publicación11 Julio 2024
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Número de Gaceta43.897
I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.897Jueves 11 de Julio de 2024Página 1 de 17
CVE 2515255
Normas Generales
Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web:www.diariocial.cl Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diariocial.cl
Dirección:Dr.TorresBoonenN°511,Providencia,Santiago,Chile.
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
SubsecretaríadeEducaciónSuperior
APRUEBA ESTATUTO DE LA UNIVERSIDAD DE TARAPACÁ, ADECUADO AL TÍTULO
II DE LA LEY N° 21.094, SOBRE UNIVERSIDADES ESTATALES
DFLNúm.16.-Santiago,27dediciembrede2023.
Visto:
Lodispuestoenelartículo64delaConstituciónPolíticadelaRepúblicacuyotextorefundido,
coordinadoysistematizadofuejadoporeldecretosupremoNº100,de2005,delMinisterioSecretaría
GeneraldelaPresidencia;enlaLeyNº18.575,OrgánicaConstitucionaldeBasesGeneralesdela
AdministracióndelEstado,cuyotextorefundido,coordinadoysistematizadofuejadoporeldecreto
confuerzadeleyN°1/19.653,de2000,delMinisterioSecretaríaGeneraldelaPresidencia;enlaley
N°18.956,quereestructuraelMinisteriodeEducaciónPública;enlaleyN°21.091,sobreEducación
Superior;enlaleyN°21.094,sobreUniversidadesEstatales;enelartículo60delaleyN°21.526,
queotorgareajustederemuneracionesalasylostrabajadoresdelsectorpúblico,concedeaguinaldos
queseñala,concedeotrosbeneciosqueindica,ymodicadiversoscuerposlegales;eneldecreto
confuerzadeleyN°150,de1981,delMinisteriodeEducaciónPública,queaprobólosestatutosde
laUniversidaddeTarapacá;enlosociosRECN°856/2022,defecha20demayode2022,yREC
N°1.209/2023,defecha5demayode2023,ambosdelRectordelaUniversidaddeTarapacáy,enla
resoluciónN°7,de2019,delaContraloríaGeneraldelaRepública,quejanormassobreexención
deltrámitedetomaderazóny,
Considerando:
1.Que,elartículo1°delaleyN°18.956,disponequeelMinisteriodeEducacióneslaSecretaría
deEstadoresponsabledefomentareldesarrollodelaeducaciónentodoslosnivelesymodalidades,
propendiendoaasegurarlacalidadylaequidaddelsistemaeducativo.
2.Que,laSubsecretaríadeEducaciónSuperior,creadaporlaleyN°21.091,formapartedela
organizacióndelMinisteriodeEducación,envirtuddeloestablecidoenlaletrad)delartículo3°de
lamencionadaleyN°18.956.
3.Que,laleyN°21.094,sobreUniversidadesEstatales,enelincisotercerodesuartículo2°
establecelaautonomíaadministrativadelasUniversidadesdelEstado,facultándolas“paraestructurar
surégimendegobiernoydefuncionamientointernodeconformidadasusestatutosyreglamentos
universitarios,teniendocomoúnicalimitaciónlasdisposicionesdeestaLeyylasdemásnormaslegales
quelesresultenaplicables(…)”.
Porsuparte,eltítuloIIdelmismocuerponormativoprescribelas“normascomunesalas
UniversidadesdelEstado”,referidasalgobiernouniversitario,lacalidadyacreditacióninstitucional,
lagestiónadministrativaynanciera,ylosacadémicosyfuncionariosnoacadémicos.
ElartículoprimerotransitoriodeestaleydisponequelasUniversidadesdelEstadocuyosestatutos
hayanentradoenvigenciaconanterioridadal11demarzode1990debenproponeralPresidentede
laRepública,porintermediodelMinisteriodeEducación,unaadecuacióndesusactualesestatutosa
lasdisposicionesdeltítuloIIdelmencionadocuerponormativoqueasíloexijan.
4.Que,elestatutodelaUniversidaddeTarapacáfueaprobadoeneldecretoconfuerzadeley
N°150,de1981,delMinisteriodeEducaciónPública.
5.Que,enelcontextodelmencionadoartículoprimerotransitoriodelaleyN°21.094,ysegúnlo
descritoprecedentemente,medianteocioRECN°856/2022,defecha20demayode2022,elRector
delaUniversidaddeTarapacádirigióalMinisteriodeEducaciónlapropuestadeEstatutoOrgánicode
dichacasadeestudios,conelobjetodeadecuarloalasnormasdenidasenlaprecitadaleyN°21.094.
Conesto,launiversidaddiocumplimiento,dentrodeplazo,alareferidaobligaciónimpuestaporel
artículoprimerotransitoriodelaleyN°21.094,deremitirsupropuestadeadecuacióndeestatutos.
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DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Jueves 11 de Julio de 2024
Núm. 43.897Página 2 de 17
6.Que,considerandoelprincipiodeecienciaycoordinaciónconsagradosenlosartículos
3°y5°delaLeyN°18.575,OrgánicaConstitucionaldeBasesGeneralesdelaAdministracióndel
Estado,ysusmodicaciones,yteniendopresenteademás,comoseindicó,quelapropuestadeestatuto
espresentadaalPresidentedelaRepúblicaatravésdelMinisteriodeEducación,laSubsecretaría
deEducaciónSuperiorhacolaboradoconelanálisisdelapropuestadeestatutopresentadoporla
UniversidaddeTarapacá.
7.Que,laUniversidaddeTarapacá,medianteocioRECN°1209/2023,defecha5demayode
2023,remitióalMinisteriodeEducaciónsupropuestadenitivadeestatutos.
8.Que,laleyN°21.526,queotorgareajustederemuneracionesalasylostrabajadoresdelsector
público,concedeaguinaldosqueseñala,concedeotrosbeneciosqueindica,ymodicadiversos
cuerposlegales,publicadaenelDiarioOcialconfecha28dediciembrede2022,ensuartículo60
facultóalPresidentedelaRepública“paraque,dentrodelplazodeunañocontadodesdelafecha
depublicacióndeestaley,medianteunoomásdecretosconfuerzadeleyexpedidosatravésdel
MinisteriodeEducación,ysuscritosporelMinistrodeHacienda,realicelosajustesnecesarios,de
conformidadconelartículoprimerotransitoriodelaleyNº21.094,sobreuniversidadesestatales,
segúncorresponda,oenvirtuddeotraspropuestasdemodicaciónremitidasporlasuniversidades
deacuerdoconsusnormasestatutarias.”
9.Que,envirtuddeloseñaladoprecedentemente,correspondedictarelpresentedecretocon
fuerzadeleyqueapruebelamodicacióndelestatutodelaUniversidaddeTarapacá,adecuadoalas
disposicionesdelaleyN°21.094,enparticular,asutítuloII.
DecretoconFuerzadeLey:
Artículo único: ApruébaseelsiguientenuevoestatutoorgánicodelaUniversidaddeTarapacá,
adecuadoaltítuloIIdelaleyN°21.094:
TÍTULOIDISPOSICIONESGENERALES
Párrafo1ºDenicionesyprincipios:
Artículo 1.-LaUniversidaddeTarapacáesunapersonajurídicadederechopúblico,autónoma,
descentralizadafuncionalmentequecuentaconpersonalidadjurídicaypatrimoniopropio.Serelaciona
conelPresidentedelaRepúblicamedianteelMinisteriodeEducación.
EldomiciliodelaUniversidaddeTarapacá,paratodoslosefectos,eslaRegióndeAricay
Parinacota,pudiendoejercersusactividadespropiasenlosterritoriosdondeseencuentreemplazada.
EntodolonoprevistoenelpresenteestatutoseaplicarálaleyN°21.094,sobreUniversidades
Estatales.
Artículo 2.- De la Misión. LaUniversidaddeTarapacáposeecomomisióngenerar,desarrollar
ytransmitirelsabersuperiorconvocacióndeexcelencia,demodoquecontribuyaalasociedada
travésdelainvestigacióneinnovación,delaeducación,elaprendizajeylaformacióndepersonascon
espíritucríticoyreexivo,ydelavinculaciónbidireccionalconactoresynecesidadesdesumedio.
Desdeunaperspectivainterdisciplinaria,aportapreferentementealdesarrollosostenibledelas
regionesdeAricayParinacotaydeTarapacá,proyectandosuquehacerinstitucionalenelcontextode
laMacroRegiónCentroSurAndina.Alavez,reconocelacosmovisióndelospueblosoriginariosy
coadyuvaalacustodia,conservaciónypreservaciónespecialmentedelaculturaChinchorro.
Artículo 3.- LosprincipiosqueguiaránelactuardelaUniversidaddeTarapacásonelpluralismo,la
laicidad,lalibertaddepensamientoydeexpresión;lalibertaddecátedra,deinvestigacióneinnovación
ydeestudio;laparticipaciónconresguardodelasjerarquíasinherentesalquehaceruniversitario;la
igualdadylanodiscriminación,elrespeto,latoleranciaylademocracia;lavaloraciónyelfomentoal
mérito;lainclusiónylaequidadentodassusdimensiones,comolaequidaddegénero;lasolidaridad,
lacooperación,lapertinencia,latransparenciayelaccesoalconocimiento.
Enarmoníaconsumisióninstitucional,laUniversidaddeTarapacáorientasusactividadesy
programasconformeasucompromisoconlaexcelenciayelmejoramientocontinuodelacalidady
lamovilidadsocial.Delmismomodo,laUniversidaddeTarapacápropenderáaquesusgraduados
dispongandecapacidaddeanálisiscríticoyvaloreséticosenprocuradecontribuiralperfeccionamiento
deunasociedadhumanistaydemocráticaquefortalezcaelconceptodebienpúbliconacionalyregional.
Asítambién,apoyarálaprotección,conservaciónygestióndelpatrimonioculturalvivo,materiale
inmaterialydelmedioambiente.
Artículo 4.- LaUniversidaddeTarapacáposeeautonomíaacadémica,económicayadministrativa
paradesarrollarsusactividades,determinarlaformaenquedistribuyesupresupuestoysatisfacerlos
nesquelesonpropios,ateniéndosealaConstituciónPolíticayalasleyesdelaRepública.

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