Decreto con Fuerza de Ley núm. 1, publicado el 16 de Septiembre de 2016. MODIFICA DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 2, DE 2010, QUE 'FIJA NORMAS PARA LA PROMOCIÓN DE CARGOS EN LAS PLANTAS DE OFICIALES PENITENCIARIOS Y DE SUBOFICIALES Y GENDARMES' - MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 649127085

Decreto con Fuerza de Ley núm. 1, publicado el 16 de Septiembre de 2016. MODIFICA DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 2, DE 2010, QUE 'FIJA NORMAS PARA LA PROMOCIÓN DE CARGOS EN LAS PLANTAS DE OFICIALES PENITENCIARIOS Y DE SUBOFICIALES Y GENDARMES'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rango de LeyDecreto con Fuerza de Ley

MODIFICA DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 2, DE 2010, QUE "FIJA NORMAS PARA LA PROMOCIÓN DE CARGOS EN LAS PLANTAS DE OFICIALES PENITENCIARIOS Y DE SUBOFICIALES Y GENDARMES"

DFL Núm. 1/16.- Santiago, 23 de junio de 2016.

Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 64 de la Constitución Política de la República cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100 de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto con fuerza de ley Nº 1.791, de 1979, del Ministerio de Justicia; y la facultad que me ha conferido el artículo segundo transitorio de la ley Nº 20.849, dicto el siguiente:

Decreto con fuerza de ley:

Artículo único

Introdúzcanse las siguientes modificaciones al decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2010, del Ministerio de Justicia, que fija normas para la promoción de cargos en las plantas de Oficiales Penitenciarios y de Suboficiales y Gendarmes:

  1. - Reemplázase el artículo 2º por el siguiente:

    "Artículo 2º.- A contar del 1 de enero de 2023, la ponderación de los factores, establecidos en el artículo 24 del decreto con fuerza de ley Nº 1.791, de 1979, del Ministerio de Justicia, para el ascenso de los funcionarios de las plantas de Oficiales Penitenciarios y de Suboficiales y Gendarmes, en los cargos y grados que el artículo 17 del referido decreto con fuerza de ley no contempla aprobación de Curso de Perfeccionamiento o de Examen Habilitante será:

    Para la Planta de Oficiales Penitenciarios

    I) En el grado de Subteniente, para ascender a Teniente Segundo, grado 14º:

    1. Antigüedad en la Institución: 15%

    2. Orden de egreso de la Escuela de Gendarmería: 30%

    3. Clasificación:

      40% d) Tiempo de permanencia en el grado, expresado en meses: 15%

      II) En el grado de Teniente Primero, para ascender a Capitán, grado 10":

    4. Antigüedad en la Institución: 20%

    5. Orden de egreso de la Escuela de Gendarmería: 20%

    6. Clasificación: 40%

    7. Tiempo de permanencia en el grado expresado en meses: 20%

      III) En el grado de Teniente Coronel para ascender a Coronel, grado 4º:

    8. Antigüedad en la Institución: 25%

    9. Orden de egreso de la Escuela de Gendarmería: 10%

    10. Clasificación: 40%

    11. Tiempo de permanencia en el grado, expresado en meses: 25%

      Para la Planta de Suboficiales y Gendarmes

      I) En el grado de Gendarme, para ascender a Gendarme Segundo, grado 24º:

    12. Antigüedad en la Institución: 15%

    13. Orden de egreso de la Escuela de Gendarmería: 30%

    14. Clasificación: 40%

    15. Tiempo de permanencia en el grado, expresado en meses: 15%

      II) En el grado de Gendarme Segundo, para ascender a Gendarme Primero, grado 22º:

    16. Antigüedad en la Institución: 15%

    17. Orden de egreso de la Escuela de Gendarmería: 30%

    18. Clasificación: 40%

    19. Tiempo de permanencia en el grado, expresado en meses: 15%

      III) En el grado de Gendarme Primero, para ascender a Cabo, grado 20º:

    20. Antigüedad en la Institución: 15%

    21. Orden de egreso de la Escuela de Gendarmería: 30%

    22. Clasificación: 40%

    23. Tiempo de permanencia en el grado, expresado en meses: 15%

      IV) En el grado de Cabo, para ascender a Cabo Segundo, grado 18º:

    24. Antigüedad en la Institución: 15%

    25. Orden de egreso de la Escuela de Gendarmería: 30%

    26. Clasificación: 40%

    27. Tiempo de permanencia en el grado, expresado en meses: 15%

      V) En el grado de Cabo Segundo, para ascender a Cabo Primero, grado 16º:

    28. Antigüedad en la Institución: 15%

    29. Orden de egreso de la Escuela de Gendarmería: 30%

    30. Clasificación: 40%

    31. Tiempo de permanencia en el grado, expresado en meses: 15%

      VI) En el grado de Sargento Primero para ascender a Suboficial, grado 10º:

    32. Antigüedad en la Institución: 25%

    33. Orden de egreso de la Escuela de Gendarmería: 10%

    34. Clasificación: 40%

    35. Tiempo de permanencia en el grado, expresado en meses: 25%

      VII) En el grado de Suboficial para ascender a Suboficial Mayor, grado 9º:

    36. Antigüedad en la Institución: 25%

    37. Orden de egreso de la Escuela de Gendarmería: 10%

    38. Clasificación: 40%

    39. Tiempo de permanencia en el grado, expresado en meses: 25%

  2. - Reemplázase el artículo 3º por el siguiente:

    "Artículo 3º.- A contar del 1 de enero de 2023, la ponderación de los factores, establecidos en el artículo 24 del decreto con fuerza de ley Nº1.791, de 1979, del Ministerio de Justicia, para el ascenso de los funcionarios de las plantas de Oficiales Penitenciarios y de Suboficiales y Gendarmes, en los cargos y grados que según el artículo 17 del referido decreto con fuerza de ley requieran la aprobación de Curso de Perfeccionamiento o de Examen Habilitante será:

    Para la Planta de Oficiales Penitenciarios

    I) En el grado de Teniente Segundo para ascender a Teniente Primero, grado 12º:

    1. Antigüedad en la Institución: 15%

    2. Orden de egreso de la Escuela de Gendarmería: 20%

    3. Clasificación: 30%

    4. Tiempo de permanencia en el grado, expresado en meses: 15% e) Aprobación del examen habilitante: 20%

      II) En el grado de Capitán para ascender a Mayor, grado 8º:

    5. Antigüedad en la Institución: 20%

    6. Orden de egreso de la Escuela de Gendarmería: 10%

    7. Clasificación: 30%

    8. Tiempo de permanencia en el grado, expresado en meses: 20%

    9. Aprobación de curso de perfeccionamiento: 20%

      III) En el grado de Mayor para ascender a Teniente Coronel, grado 6º:

    10. Antigüedad en la Institución: 20%

    11. Orden de egreso de la Escuela de Gendarmería: 10%

    12. Clasificación: 30%

    13. Tiempo de permanencia en el grado, expresado en meses: 20% e) Aprobación del examen habilitante: 20%

      Para la Planta de Suboficiales y Gendarmes:

      I) En el grado de Cabo Primero para ascender a Sargento Segundo, grado 14º:

    14. Antigüedad en la Institución: 25%

    15. Orden de egreso de la Escuela de Gendarmería: 10%

    16. Clasificación: 20%

    17. Tiempo de permanencia en el grado, expresado en meses: 25%

    18. Aprobación de curso de perfeccionamiento: 20%

      II) En el grado de Sargento Segundo para ascender a Sargento Primero, grado 12º:

    19. Antigüedad en la Institución: 25%

    20. Orden de egreso de la Escuela de Gendarmería: 10%

    21. Clasificación: 20%

    22. Tiempo de permanencia en el grado, expresado en meses: 25%

    23. Aprobación del examen habilitante: 20%.".

  3. - Agrégase en el inciso primero del artículo 4º, antes del punto seguido (.) la siguiente frase: "y de conformidad al artículo 10".

  4. - Agrégase el siguiente artículo 10 nuevo:

    "Artículo 10.- Para efectos de determinar el puntaje que definirá el ascenso de los funcionarios, se deberán tener en consideración las siguientes reglas de ponderación de los diversos factores:

    1. Todos los factores serán convertidos a un sistema centesimal...

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