Decreto exento número 8, de 2024.- Cambia titularidad de la empresa adjudicataria de los derechos y condiciones de ejecución y explotación de las obras nuevas denominadas Nueva Línea 2x500 kV Parinas - Likanantai, Energizada en 220 kV y Nueva S/E Seccionadora Parinas 500/220 kV, pertenecientes al Sistema de Transmisión Nacional, contenida en el decreto Nº 13T, de 2020
| Emisor | MINISTERIO DE ENERGÍA |
| Número de registro | CVE-2472502 |
| Fecha de publicación | 28 Marzo 2024 |
| Sección | Normas Particulares |
| Número de Gaceta | 43.813 |
CVE 2472502 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.813 | Jueves 28 de Marzo de 2024 | Página 1 de 3
Normas Particulares
CVE 2472502
MINISTERIO DE ENERGÍA
CAMBIA TITULARIDAD DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA DE LOS DERECHOS
Y CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y EXPLOTACIÓN DE LAS OBRAS NUEVAS
DENOMINADAS “NUEVA LÍNEA 2X500 KV PARINAS - LIKANANTAI,
ENERGIZADA EN 220 KV” Y “NUEVA S/E SECCIONADORA PARINAS 500/220 KV”
PERTENECIENTES AL SISTEMA DE TRANSMISIÓN NACIONAL, CONTENIDA EN
EL DECRETO SUPREMO Nº 13T, DE 2020, DEL MINISTERIO DE ENERGÍA
Núm. 8 exento.- Santiago, 11 de enero de 2024.
Vistos:
Lo dispuesto en el decreto ley Nº 2.224, de 1978, del Ministerio de Minería, que crea el
Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en la Ley Nº 19.880, que establece
bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la
Administración del Estado, en adelante “LBPA”; en el decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018, de
2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº 1, de Minería, de 1982, Ley General
de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en adelante “Ley”; en la Ley Nº 20.936,
que establece un nuevo sistema de transmisión eléctrica y crea un organismo coordinador
independiente del Sistema Eléctrico Nacional, en adelante “Ley Nº 20.936”; en el decreto exento
Nº 4, de 3 de enero de 2019, del Ministerio de Energía, que fija obras nuevas de los sistemas de
transmisión nacional y zonal que deben iniciar su proceso de licitación o estudio de franja, según
corresponda, en los doce meses siguientes, del plan de expansión del año 2017, en adelante
“decreto exento Nº 4/2019”; en las Bases de Licitación para la adjudicación de los derechos de
explotación y ejecución de obras nuevas contempladas en el decreto exento Nº 4 de 2019 del
Ministerio de Energía, en adelante “Bases de Licitación”; en el decreto supremo Nº 13T, de 12
de agosto de 2020, del Ministerio de Energía, que fija derechos y condiciones de ejecución y
explotación de las obras nuevas contempladas en el decreto Nº 4 exento, de 2019, del Ministerio
de Energía, en adelante “decreto Nº 13T/2020”; en la carta J-000083-2022, de 29 de julio de
2022, de la empresa Transmisora Parinas S.A., ingresada en la Oficina de Partes del Ministerio
de Energía, con fecha 2 de agosto de 2022, en adelante “Carta J-000083-2022”; en la Carta Nº
288/2023, de 31 de agosto de 2023, del Ministerio de Energía, en adelante “Carta Nº 288/2023”;
en la Carta G-Nº 387-2023, de 6 de septiembre de 2023, de Transmisora Parinas S.A. ingresada a
Oficina de Partes del Ministerio de Energía, con fecha 6 de septiembre de 2023, en adelante
“Carta G-Nº 387-2023”; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la
República; y
Considerando:
1. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 92º de la Ley, el
Ministerio de Energía, mediante el decreto exento Nº 4/2019, fijó las obras nuevas de los
sistemas de transmisión nacional y zonal que debían iniciar su proceso de licitación o estudio de
franja, según corresponda, en los doce meses siguientes, del Plan de Expansión del año 2017,
entre cuyas obras se encontraban las obras nuevas denominadas “Nueva Línea 2x500 kV Parinas
- Likanantai, Energizada en 220 kV” y “Nueva S/E Seccionadora Parinas 500/220 kV ”, en
adelante las “Obras”.
2. Que, por su parte, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 95º de la Ley, corresponde al
Coordinador Eléctrico Nacional, en adelante “Coordinador”, efectuar una licitación pública
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