Decreto exento número 134, de 2022.- Otorga a empresa AES Andes S.A. permiso de intercambio internacional de energía y demás servicios eléctricos con la República Argentina - 1 de Julio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 906988773

Decreto exento número 134, de 2022.- Otorga a empresa AES Andes S.A. permiso de intercambio internacional de energía y demás servicios eléctricos con la República Argentina

Fecha de publicación01 Julio 2022
Número de registroCVE-2149886
SecciónNormas Particulares
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Número de Gaceta43.291
CVE 2149886 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública II
SECCIÓN
DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR
Núm. 43.291 | Viernes 1 de Julio de 2022 | Página 1 de 11
Normas Particulares
CVE 2149886
MINISTERIO DE ENERGÍA
OTORGA A EMPRESA AES ANDES S.A. PERMISO DE INTERCAMBIO
INTERNACIONAL DE ENERGÍA Y DEMÁS SERVICIOS ELÉCTRICOS CON LA
REPÚBLICA ARGENTINA
Núm. 134 exento.- Santiago, 24 de junio de 2022.
Vistos:
Lo dispuesto en los artículos 326 y 35 de la Constitución Política de la República; en la
ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de
los órganos de la Administración del Estado; en el decreto ley N° 2.224, de 1978, del Ministerio
de Minería, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía; en el decreto
con fuerza de ley N° 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción,
que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N° 1, de
Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica, en
adelante e indistintamente la "Ley"; en la ley N°18.410 que crea la Superintendencia de
Electricidad y Combustibles, en adelante la "Superintendencia"; en el decreto supremo N° 142,
de 2016, del Ministerio de Energía, en adelante el "Ministerio", que aprueba reglamento que fija
servicios eléctricos, en adelante el "Reglamento"; en el decreto supremo N° 125, de 2017, del
nacional; en la resolución exenta N° 244, de 2019, de la Comisión Nacional de Energía, en
adelante la "Comisión", que aprueba informe técnico definitivo de calificación de instalaciones
de los sistemas de transmisión para el período 2020-2023; lo solicitado por AES Andes S.A.,
mediante carta de 9 de febrero de 2022; lo requerido por el Ministerio, mediante carta N°
55/2022, de 14 de febrero de 2022; lo informado por AES Andes S.A., mediante carta N°
AR-0218-2022, de 18 de febrero de 2022; lo solicitado por el Ministerio, mediante carta N°
62/2022 y los Oficios Ords. N°s. 232 y 233, todos de 2 de marzo de 2022; lo informado por la
Comisión, mediante Oficio Ord. N° Of. Ord. N° 266/2022, de 19 de abril de 2022; lo informado
por el Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional, en adelante el "Coordinador",
mediante carta N° DE 01855-22, de 21 de abril de 2022; lo informado por la Superintendencia
mediante Oficio Ordinario Electrónico N° 116033, de 10 de mayo de 2022; lo dispuesto en la
resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y
Considerando:
1. Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 82° de la ley, así como lo establecido en el
artículo 2° del Reglamento, el intercambio internacional de energía y demás servicios eléctricos
desde y hacia los sistemas eléctricos ubicados en territorio nacional, no se podrá efectuar sin
previa autorización del Ministerio, la que deberá ser otorgada por decreto supremo expedido bajo
la fórmula "por orden del Presidente de la República", previo informe de la Superintendencia, de
la Comisión y del Coordinador, según corresponda.
2. Que, AES Andes S.A. mediante carta de fecha 9 de febrero de 2022, solicitó a esta
Cartera de Estado un permiso de intercambios internacionales de servicios eléctricos, a efectos
de exportar e importar energía eléctrica entre la República Argentina y la República de Chile, a
través del sistema de interconexión internacional de interés privado "Andes SING 345 - Salta
345" y sus instalaciones anexas, acompañando a dicha presentación los respectivos antecedentes
exigidos por el Reglamento.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR