Decreto 795 - APRUEBA CONTRATO PARA LA REALIZACIÓN DE CURSOS DE CAPACITACIÓN PARA LA DIRECCIÓN DE PRESUPUESTOS - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 240300034

Decreto 795 - APRUEBA CONTRATO PARA LA REALIZACIÓN DE CURSOS DE CAPACITACIÓN PARA LA DIRECCIÓN DE PRESUPUESTOS

EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA CONTRATO PARA LA REALIZACIÓN DE CURSOS DE CAPACITACIÓN PARA LA DIRECCIÓN DE PRESUPUESTOS

Núm. 795.- Santiago, 3 de junio de 2008.- Vistos: La Ley N°20.232, de presupuestos vigente; la Ley N°19.886, de bases de contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y su reglamento, aprobado por D.S. N°250, del Ministerio de Hacienda de 2004; el artículo 4° de la Ley N° 19.896; el Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable (ATN/OC-9686-CH y ATN/OC-9687-CH), celebrado entre la República de Chile y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para la ejecución del Programa de Certificación Externa Modalidad Norma ISO de los Programas de Mejoramiento de la Gestión Pública en Chile, aprobado por D.S. N°268, el 2007, del Ministerio de Hacienda; el Contrato de Capacitación celebrado entre la Dirección de Presupuestos y el Instituto Nacional de Normalización (INN), aprobado por Resolución Exenta N°809, de 2006, de la Dirección de Presupuestos; el Oficio N° 347, de 2006, de la Subsecretaría de Hacienda; los numerales 8 y 12 del Oficio Circular N° 04, de 2006, del Ministerio de Hacienda; la Carta de No Objeción del BID de fecha 22 de mayo de 2008, y la Resolución N° 520, de 1996, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, la República de Chile ha recibido del Banco Interamericano de Desarrollo una Cooperación Técnica No Reembolsable (ATN/OC-9686-CH y ATN/OC- 9687-CH) para la ejecución del Programa de Certificación Externa Modalidad Norma ISO de los Programas de Mejoramiento de la Gestión Pública en Chile, en adelante 'el Programa', como parte del Programa de Implementación del Pilar Externo del Plan de Acción a Mediano Plazo para la Efectividad en el Desarrollo (PRODEV), estableciendo como organismo ejecutor a la Dipres;

  2. Que, la Subsecretaría de Hacienda, mediante el Oficio N° 347, de 5 de mayo de 2006, ha autorizado la referida operación de Cooperación Técnica No Reembolsable, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 20.083, Ley de Presupuestos del Sector Público del año 2006; el artículo 4° de la Ley N° 19.896 y los numerales 8 y 12 del Oficio Circular N° 04, de 12 de enero de 2006, del Ministerio de Hacienda;

  3. Que, mediante Decreto Supremo N° 268, de 8 de febrero de 2007, del Ministerio de Hacienda, se aprobó el convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable (ATN/OC-9686-CH y ATN/OC-9687-CH) para la ejecución del 'Programa', suscrito el 8 de mayo de 2006, entre la República de Chile y el Banco Interamericano de Desarrollo;

  4. Que, con fecha 30 de noviembre de 2006, la Dipres suscribió con el INN un contrato para la realización de determinadas actividades de capacitación que en él se establecen. Estas formaron parte de los Componentes 2 y 3 del Programa, correspondientes a 'Apoyo para Servicios Públicos que certificarán sus sistemas de gestión bajo la Norma ISO 9001:2000' y 'Desarrollo de elementos técnicos de apoyo y fortalecimiento de la entidad responsable de la coordinación y desarrollo técnico y operativo del PMG', respectivamente. Dicho contrato fue aprobado mediante Resolución Exenta N° 809, de 18 de diciembre de 2006, de la Dirección de Presupuestos, la cual fue convalidada a través de del D.S. 268, de 2007, del Ministerio de Hacienda;

  5. Que, de acuerdo con el Marco Lógico del Programa, se tiene previsto capacitar a un total de 698 funcionarios. No obstante lo anterior, en virtud del contrato referido en la letra anterior, a la fecha se ha capacitado a 277, por lo que restan por capacitar 421 funcionarios;

  6. Que, por lo anterior, durante el período de vigencia del Programa, se hace necesario celebrar un nuevo contrato a fin de que se lleven a cabo las capacitaciones restantes;

  7. Que el BID ha manifestado su No Objeción a la segunda contratación del INN por carta de fecha 22 de mayo de 2008;

  8. Que, habiéndose dado satisfactorio cumplimiento al contrato suscrito entre las partes, tal como da cuenta el 'Informe Cursos Capacitación INN 2007' que se adjunta en Anexo 1 del presente instrumento, la Dipres ha solicitado al INN una nueva contratación de sus servicios (en lo sucesivo denominados los 'Servicios'), tal como se los define en este contrato;

  9. Que, el INN, habiendo declarado a la Dipres que posee las aptitudes profesionales requeridas y que cuenta con el personal y los recursos técnicos necesarios, ha convenido en prestar los Servicios en los términos y condiciones estipulados en este contrato;

  10. Que, la Dipres, como organismo ejecutor del Programa, se propone utilizar parte de la Cooperación Técnica No Reembolsable para sufragar el costo de los Servicios, quedando entendido que dichos pagos estarán sujetos, en todos sus aspectos, a los términos y condiciones del Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable, y

  11. Las facultades que me confieren las normas citadas en los vistos y las necesidades del Servicio.

    Decreto:

    1. Apruébase el contrato de fecha 28 de mayo de 2008, suscrito entre la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda y el Instituto Nacional de Normalización (INN).

    2. Apruébase el siguiente texto del contrato:

    CONTRATO

    Entre la Dirección de Presupuestos, en adelante denominada la 'Dipres', R.U.T. N° 60.802.000-4, representada por su Director, don Alberto Arenas de Mesa, C.I. N° 8.718.414-5, ambos con domicilio en la ciudad y comuna de Santiago, calle Teatinos N° 120, piso 12, por una parte y, por la otra, el Instituto Nacional de Normalización, en adelante denominado el 'INN', R.U.T. N° 70.049.100-5, representado por su Director Ejecutivo, don Sergio Toro Galleguillos, C.I. N° 7.204.961-6, ambos con domicilio en la ciudad y comuna de Santiago, calle Matías Cousiño N° 64, piso 6, celebran el presente contrato (en adelante denominado el 'Contrato') a los 28 días del mes de mayo de 2008.

    La personería de don Alberto Arenas de Mesa para representar a la Dipres consta en el Decreto Supremo Nº 313, del Ministerio de Hacienda, del año 2006, y la personería del Sr. Sergio Toro Galleguillos consta de Acta de Sesión de Consejo de fecha 28 de agosto de 2003, reducida a escritura pública con fecha 10 de septiembre de 2003, ante la Sra. María Gloria Acharán, Notario Público Titular de la Cuadragésimo Segunda Notaría de Santiago.

    Considerando:

    1. Que, la República de Chile ha recibido del Banco Interamericano de Desarrollo una Cooperación Técnica No Reembolsable (ATN/OC-9686-CH y ATN/OC-9687-CH) para la ejecución del Programa de Certificación Externa Modalidad Norma ISO de los Programas de Mejoramiento de la Gestión Pública en Chile, en adelante 'el Programa', como parte del Programa de Implementación del Pilar Externo del Plan de Acción a Mediano Plazo para la Efectividad en el Desarrollo (PRODEV), estableciendo como organismo ejecutor a la Dipres.

    2. Que, la Subsecretaría de Hacienda, mediante el Oficio N° 347, de 5 de mayo de 2006, ha autorizado la referida operación de Cooperación Técnica No Reembolsable, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 20.083, Ley de Presupuestos del Sector Público del año 2006; el artículo 4° de la Ley N° 19.896 y los numerales 8 y 12 del Oficio Circular N° 04, de 12 de enero de 2006, del Ministerio de Hacienda.

    3. Que, mediante Decreto Supremo N° 268, de 8 de febrero de 2007, del Ministerio de Hacienda, se aprobó el convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable (ATN/OC-9686-CH y ATN/OC-9687-

      CH) para la ejecución del 'Programa', suscrito el 8 de mayo de 2006, entre la República de Chile y el Banco Interamericano de Desarrollo.

    4. Que, con fecha 30 de noviembre de 2006, la Dipres suscribió con el INN un contrato para la realización de determinadas actividades de capacitación que en él se establecen. Estas, formaron parte de los Componentes 2 y 3 del Programa, correspondientes a 'Apoyo para Servicios Públicos que certificarán sus sistemas de gestión bajo la Norma ISO 9001:2000' y 'Desarrollo de elementos técnicos de apoyo y fortalecimiento de la entidad responsable de la coordinación y desarrollo técnico y operativo del PMG', respectivamente.

      Dicho contrato fue aprobado mediante Resolución Exenta N° 809, de 18 de diciembre de 2006, de la Dirección de Presupuestos, la cual fue convalidada a través de del D.S. 268, de 2007, del Ministerio de Hacienda.

    5. Que de acuerdo con el Marco Lógico del Programa, se tiene previsto capacitar a un total de 698 funcionarios. No obstante lo anterior, en virtud del contrato referido en la letra anterior, a la fecha se ha capacitado a 277, por lo que restan por capacitar 421 funcionarios.

    6. Que, habiéndose dado satisfactorio cumplimiento al contrato suscrito entre las partes, tal como da cuenta el 'Informe Cursos Capacitación INN 2007' que se adjunta en Anexo 1 del presente instrumento, durante el período de vigencia del Programa, la Dipres ha solicitado al INN una nueva contratación de sus servicios (en lo sucesivo denominados los 'Servicios'), tal como se los define en este Contrato;

    7. Que dicho contrato cuenta con la previa no objeción del Banco, durante el período de vigencia del Programa;

    8. Que el INN, habiendo declarado a la Dipres que posee las aptitudes profesionales requeridas y que cuenta con el personal y los recursos técnicos necesarios, ha convenido en prestar los Servicios en los términos y condiciones estipulados en este Contrato;

    9. Que la Dipres, como organismo ejecutor del Programa, se propone utilizar parte de la Cooperación Técnica No Reembolsable para sufragar el costo de los Servicios, quedando entendido que dichos pagos estarán sujetos, en todos sus aspectos, a los términos y condiciones del Convenio de Cooperación Técnica No Reembolsable;

      Por lo tanto, las Partes convienen en lo siguiente:

  12. Disposiciones generales

    1.1 Definiciones A menos que el contexto exija otra cosa, cuando se utilicen en este Contrato, los siguientes términos tendrán los significados que se indican a continuación:

    1. 'Ley aplicable' significa las leyes y

      cualesquiera otras disposiciones que tengan fuerza de ley en Chile, que...

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