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Decreto núm. 12, publicado el 18 de Febrero de 1997. CREA CONSEJO DE AUDITORIA INTERNA GENERAL DE GOBIERNO

Publicado enDiario Oficial
EmisorSECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

CREA CONSEJO DE AUDITORIA INTERNA GENERAL DE GOBIERNO

Núm. 12.- Santiago, 29 de enero de 1997.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 24 y 328 de la Constitución Política de la República, y

Considerando:

  1. - Que en su calidad de Jefe del Estado, corresponde al Presidente de la República por mandato constitucional, el gobierno y la administración de éste.

  2. - Que siendo el bien común el objetivo superior que impulsa la gestión gubernamental, resulta importante y necesario proceder a la actualización de los controles que tienden a asegurar el uso debido de los recursos empleados por parte de las distintas entidades que integran la Administración en la consecución de dicho fin.

  3. - Que el ejercicio de la función pública debe enmarcarse en todas sus instancias dentro del principio de probidad administrativa, cuya observancia permanente contribuye a la confianza y legitimidad de los actos de la Administración.

  4. - Lo consignado en el Protocolo de acuerdo vinculado a la Ley Nº 19.486, que aprobó el presupuesto del Sector Público para el año en curso.

  5. - Que es necesario atender las necesidades de fortalecimiento de los controles internos, ponderando para dicho efecto las observaciones y recomendaciones efectuadas por la Contraloría General de la República que constan en el informe que sobre la materia remitiera al Poder Ejecutivo.

  6. - Que lo anterior exige que el Gobierno disponga de las instancias y mecanismos adecuados de control interno que permitan una supervisión debida y oportuna de los órganos de la Administración sujetos a su dependencia o supervigilancia, sin perjuicio de las facultades que corresponden a la Contraloría General.

D e c r e t o:

Artículo primero

Créase el Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno, como Organo Asesor del Presidente de la República, que prestará su asesoría en la materia, efectuando proposiciones en torno a la formulación de políticas, planes, programas y medidas de control interno de la gestión gubernamental, en sus diversas instancias, conforme a las directrices definidas al efecto por el Gobierno y que tiendan a fortalecer la gestión de los organismos que conforman la Administración del Estado y el uso debido de los recursos públicos asignados para el cumplimiento de sus programas y responsabilidades institucionales.

Artículo segundo

En el ejercicio de la función descrita en el artículo precedente, al Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno corresponderá:

  1. Estudiar y proponer un Plan General de Auditoría Interna de Gobierno que comprendiendo los ámbitos, alcances y bases fundamentales de la estructura de control interno, permita orientar en la materia a las distintas entidades que conforman la Administración del Estado.

  2. Proponer al Presidente de la República los Planes Anuales de Auditoría Interna General de Gobierno, conforme a las prioridades y áreas claves de gestión dispuestas para los períodos correspondientes.

  3. Conocer la formulación de planes y programas sectoriales y ministeriales de control interno, actuando para ello coordinadamente con las autoridades...

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