Decreto núm. 12, publicado el 18 de Febrero de 1997. CREA CONSEJO DE AUDITORIA INTERNA GENERAL DE GOBIERNO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA |
Rango de Ley | Decreto |
CREA CONSEJO DE AUDITORIA INTERNA GENERAL DE GOBIERNO
Núm. 12.- Santiago, 29 de enero de 1997.- Visto: Lo dispuesto en los artículos 24 y 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República, y
Considerando:
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- Que en su calidad de Jefe del Estado, corresponde al Presidente de la República por mandato constitucional, el gobierno y la administración de éste.
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- Que siendo el bien común el objetivo superior que impulsa la gestión gubernamental, resulta importante y necesario proceder a la actualización de los controles que tienden a asegurar el uso debido de los recursos empleados por parte de las distintas entidades que integran la Administración en la consecución de dicho fin.
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- Que el ejercicio de la función pública debe enmarcarse en todas sus instancias dentro del principio de probidad administrativa, cuya observancia permanente contribuye a la confianza y legitimidad de los actos de la Administración.
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- Lo consignado en el Protocolo de acuerdo vinculado a la Ley Nº 19.486, que aprobó el presupuesto del Sector Público para el año en curso.
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- Que es necesario atender las necesidades de fortalecimiento de los controles internos, ponderando para dicho efecto las observaciones y recomendaciones efectuadas por la Contraloría General de la República que constan en el informe que sobre la materia remitiera al Poder Ejecutivo.
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- Que lo anterior exige que el Gobierno disponga de las instancias y mecanismos adecuados de control interno que permitan una supervisión debida y oportuna de los órganos de la Administración sujetos a su dependencia o supervigilancia, sin perjuicio de las facultades que corresponden a la Contraloría General.
D e c r e t o:
Créase el Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno, como Organo Asesor del Presidente de la República, que prestará su asesoría en la materia, efectuando proposiciones en torno a la formulación de políticas, planes, programas y medidas de control interno de la gestión gubernamental, en sus diversas instancias, conforme a las directrices definidas al efecto por el Gobierno y que tiendan a fortalecer la gestión de los organismos que conforman la Administración del Estado y el uso debido de los recursos públicos asignados para el cumplimiento de sus programas y responsabilidades institucionales.
En el ejercicio de la función descrita en el artículo precedente, al Consejo de Auditoría Interna General de Gobierno corresponderá:
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Estudiar y proponer un Plan General de Auditoría Interna de Gobierno que comprendiendo los ámbitos, alcances y bases fundamentales de la estructura de control interno, permita orientar en la materia a las distintas entidades que conforman la Administración del Estado.
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Proponer al Presidente de la República los Planes Anuales de Auditoría Interna General de Gobierno, conforme a las prioridades y áreas claves de gestión dispuestas para los períodos correspondientes.
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Conocer la formulación de planes y programas sectoriales y ministeriales de control interno, actuando para ello coordinadamente con las autoridades...
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