Decreto 301 - OTORGA A LA COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA ELÉCTRICA S.A. (CONAFE) CONCESIÓN DEFINITIVA DE SERVICIO PÚBLICO DE DISTRIBUCIÓN EN LA REGIÓN DE COQUIMBO - MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 238704358

Decreto 301 - OTORGA A LA COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA ELÉCTRICA S.A. (CONAFE) CONCESIÓN DEFINITIVA DE SERVICIO PÚBLICO DE DISTRIBUCIÓN EN LA REGIÓN DE COQUIMBO

EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Rango de LeyDecreto

OTORGA A LA COMPAÑÍA NACIONAL DE FUERZA ELÉCTRICA S.A. (CONAFE) CONCESIÓN DEFINITIVA DE SERVICIO PÚBLICO DE DISTRIBUCIÓN EN LA REGIÓN DE COQUIMBO

Núm. 301.- Santiago, 25 de noviembre de 2009.- Visto: Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en su oficio Nº 6586, de fecha 24 de noviembre de 2009, y lo dispuesto en los artículos 11 y 29 del decreto con fuerza de ley Nº 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley General de Servicios Eléctricos, y en la ley Nº 18.410, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,

Decreto:

Artículo 1º

Otórgase a la Compañía Nacional de Fuerza Eléctrica S.A., CONAFE, concesión definitiva para establecer, operar y explotar en la Región de Coquimbo, las instalaciones de distribución de energía eléctrica constitutivas del siguiente proyecto:

Nombre del Proyecto Región / Provincia / Comuna Plano Nº

Nuevo Cruce Río Elqui,

calle J. Donoso, Las

Compañías Coquimbo/Elqui/La Serena EEC-10589

Artículo 2º

El objetivo de estas instalaciones es entregar servicio público de distribución de energía eléctrica en la zona de concesión que se define en el artículo 9º del presente decreto.

Artículo 3º

El presupuesto del costo de las obras asciende a la suma de veinticinco millones doscientos treinta y cinco mil doscientos setenta y nueve pesos ($25.235.279).

Artículo 4º

Copias del plano general de las instalaciones, de la memoria explicativa de las mismas y de los demás antecedentes técnicos que pasan a formar parte del presente decreto, quedarán archivadas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Artículo 5º

Apruébase el plano de la servidumbre indicado en el artículo 6º del presente decreto.

Artículo 6º

Constitúyase de acuerdo con lo que sobre el particular establece la Ley General de Servicios Eléctricos, la servidumbre para el tendido de las líneas en el predio que se indica a continuación:

Propietario Nombre del Predio Longitud Plano de

(metros) Servidumbre

Essco S.A. Lote Nº 1, calle Colón,

Nº 1088 208 EEC-10589-S1

Artículo 7º

Reconócese al concesionario el derecho...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR