Decreto 866 - AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS QUE INDICA A VEHÍCULOS QUE SEÑALA
Emisor | MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL |
Rango de Ley | Decreto |
AUTORIZA CIRCULACIÓN EN DÍAS QUE INDICA A VEHÍCULOS QUE SEÑALA
Núm. 866.- Santiago, 1 de octubre de 2008.- Visto:
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El decreto ley Nº 799, de 1974, que dicta disposiciones que regulan uso y circulación de vehículos estatales.
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El D. S. (SEGPRES) Nº 19 de 22.ENE.2001, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República".
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La resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República.
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La circular Nº 35.593 de 08.NOV.1995, de la Contraloría General de la República.
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La circular Nº 41.103 de 1998, de la Contraloría General de la República.
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Oficio Ord. Nº A 0779, de 05.DIC.2001, del Ministerio del Interior, que imparte instrucciones sobre autorización de circulación en días y horas inhábiles y sobre exención de uso de disco distintivo fiscal.
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Oficio circular Nº 26, de 15.ABR.2003, de los Ministerios de Hacienda y de Interior, que imparte instrucciones sobre dotaciones máximas y uso de vehículos institucionales en la Administración del Estado.
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Lo solicitado por el Director General de la Defensa Civil de Chile en el oficio DCCH.LOG Nº 4147/7, de 04.AGO.2008.
Considerando:
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Que la Defensa Civil de Chile realiza actividades de apoyo permanente a la comunidad durante los días de semana incluyendo sábado, domingo y festivos, y la gestión de sus autoridades ante situaciones de emergencia que ocurren en el país y la realización frecuente de actos masivos, tales como elecciones populares, desfiles y ceremonias cívico-militares y otras relacionadas con la ley Nº 8.056, de 1945 y su Reglamento que creó el citado Servicio.
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Que, además, dicho Servicio tiene como misión de prevenir, reducir y reparar los efectos de catástrofes, fenómenos sísmicos, incendios, inundaciones y epidemias y otros siniestros o calamidades públicas.
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Que, atendida la naturaleza de las citadas funciones propias de este organismo, se hace necesario que algunos de los vehículos a su cargo puedan mantenerse en circulación los días sábado, domingo y festivos.
Decreto:
Autorízase la circulación para el desarrollo de todas las actividades propias de la Defensa Civil de Chile, en los días sábado en la tarde, domingo y festivos, a los vehículos de cargo del referido Organismo que más abajo se indican:
Vehículo : Camión
Marca : Nissan
Modelo : B4 40
Patente...
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