Decreto 143 - PROMULGA EL ACUERDO GENERAL DE COOPERACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE MOZAMBIQUE
Emisor | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
Rango de Ley | Decreto |
PROMULGA EL ACUERDO GENERAL DE COOPERACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE MOZAMBIQUE
Núm. 143.- Santiago, 9 de septiembre de 2009.- Vistos: Los artículos 32, Nº 15, y 54, N° 1), inciso primero, de la Constitución Política de la República.
Considerando :
Que con fecha 15 de septiembre de 1993 el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Mozambique, suscribieron, en Santiago, Chile, el Acuerdo General de Cooperación.
Que dicho Acuerdo fue aprobado por el H. Congreso Nacional, según consta en el Oficio N° 512, de 20 de enero de 1995, de la Honorable Cámara de Diputados.
Que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 12, del referido Acuerdo, y, en consecuencia, éste entró en vigor internacional el 7 de agosto de 2009.
Decreto:
Promúlgase el Acuerdo General de Cooperación entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Mozambique, suscrito en Santiago, Chile, el 15 de septiembre de 1993; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Mariano Fernández Amunátegui, Ministro de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Gonzalo Arenas Valverde, Embajador, Director General Administrativo.
ACUERDO GENERAL DE COOPERACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE MOZAMBIQUE
En adelante denominado "Partes Contratantes",
Deseosos de consolidar las relaciones de amistad existentes entre ambos países, así como de desarrollar y reforzar la cooperación política, económica, cultural y técnica entre la República de Chile y la República de Mozambique;
Preocupados por aplicar el espíritu de la Carta de las Naciones Unidas con el objeto de contribuir a la disminución de las tensiones internacionales, a la instauración de un clima de confianza entre los Estados y al desarrollo de la cooperación internacional,
Deciden celebrar el presente Acuerdo denominado "Acuerdo General de Cooperación", y convienen en lo siguiente:
Las Partes Contratantes se comprometen a preservar y a fortalecer los lazos de amistad y fraternidad existentes entre ellas y a empeñar todos sus...
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