Declaracion jurada n° 1913: declaracion jurada anual sobre caracterizacion tributaria global - Núm. 103, Enero 2022 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 893648987

Declaracion jurada n° 1913: declaracion jurada anual sobre caracterizacion tributaria global

AutorXimena Pérez Brito
Páginas163-170
163
DECLARACIONES JURADAS AÑO TRIBUTARIO 2022
Columna “Número de certicado”: Se debe anotar el N° o folio del certicado
que la sociedad, comunidad, EP, corporación, fundación, o administradora emitió a
sus socios, accionistas o comuneros, titulares, propietarios, fundadores, asociados
o aportantes, informando la situación tributaria de los desembolsos, partidas o
cantidades en que incurrió.
CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
Se deben anotar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las
columnas correspondientes.
El recuadro “Número de casos informados” corresponde al número total de los casos
que se está informando a través de la primera columna de la Sección B de esta
declaración jurada, los que deben numerarse correlativamente.
38.- DECLARACION JURADA N° 1913: DECLARACION JURADA ANUAL
SOBRE CARACTERIZACION TRIBUTARIA GLOBAL.
VENCIMIENTO: 30 DE JUNIO
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA
N° 1913
Esta declaración jurada deberá ser presentada por los contribuyentes clasicados, al
31 de diciembre del año anterior a aquel que se informa, en el segmento de “Grandes
Empresas” y por aquellos que a dicha fecha se encuentren incluidos en la Nómina
de Grandes Contribuyentes conforme a la Resolución emitida por este Servicio, de
acuerdo a la facultad dispuesta en el artículo 3° bis de la Ley Orgánica de este Servicio.
Los contribuyentes pueden consultar el segmento al cual pertenecen en la página
web del SII, en el
menú “Mi Información Tributaria/Mis Datos”, link: https://misii.sii.cl/cgi_misii/siihome.
cgi Sin perjuicio de lo anterior, se excluyen de presentar esta declaración jurada los
siguientes contribuyentes y entidades:
- Personas naturales, empresarios individuales y empresarios individuales de
responsabilidad limitada.
- Contribuyentes acogidos al régimen de tributación establecido en el N° 8,
de la letra D), del artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (Propyme
Transparente).
- Municipalidades.
- Empresas del Estado.
- Instituciones scales.
- Organismos de la administración pública.
- Organismos internacionales.
- Banco Central de Chile.
- Fondos de inversión públicos y privados.
- Organizaciones sin nes de lucro (OSFL).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR