Declaración Jurada N° 1898: declaración jurada anual sobre intereses pagados correspondientes a créditos con garantía hipotecaria y demás antecedentes relacionados con motivo del beneficio tributario establecido en el art. 55 bis de la ley de la renta - Núm. 32, Febrero 2016 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703907157

Declaración Jurada N° 1898: declaración jurada anual sobre intereses pagados correspondientes a créditos con garantía hipotecaria y demás antecedentes relacionados con motivo del beneficio tributario establecido en el art. 55 bis de la ley de la renta

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Manual EjEcutivo tributario
sido constituido a favor de más de una persona, indique (con números entre 0 y 100) el por-
centaje que corresponda a cada usufructuario. De igual forma, en el caso que el propietario
del Bien Raíz sea una Comunidad, y sea uno de sus comuneros el que constituye usufructo
sobre su cuota, siempre debe indicarse el porcentaje del Bien Raíz que representa la cuota
en usufructo.
4. CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
Se deben anotar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las columnas
correspondientes.
El recuadro “Total de Registros Informados” corresponde al número total de los registros que
se está informando a través de la primera columna de esta Declaración Jurada, los que de-
ben numerarse correlativamente.
El retardo u omisión en la presentación de esta Declaración Jurada, será sancionado de
acuerdo a lo dispuesto en el N° 1 del Artículo 97 del Código Tributario.
63. DECLARACIÓN JURADA N° 1898: DECLARACIÓN JURADA ANUAL SOBRE IN-
TERESES PAGADOS CORRESPONDIENTES A CRÉDITOS CON GARANTÍA HIPOTE-
CARIA Y DEMÁS ANTECEDENTES RELACIONADOS CON MOTIVO DEL BENEFICIO
TRIBUTARIO ESTABLECIDO EN EL ART. 55 BIS DE LA LEY DE LA RENTA.
VENCIMIENTO: 07 de marzo
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA Nº 1898
1. La presente Declaración Jurada deberá ser presentada por las entidades acreedoras cual-
quiera que sea su calidad jurídica (Bancos, Instituciones Financieras, Agentes Administrado-
res de Créditos Hipotecarios, etc.) que hubieren otorgado créditos con garantía hipotecaria
destinados a adquirir o construir una o más viviendas (destinadas a la habitación) o créditos
de igual naturaleza (con garantía hipotecaria) destinados a pagar los créditos antes señala-
dos, cualquiera que sea la fecha en que se otorgaron dichos créditos (Artículo 55 bis).
2. Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (ENTIDADES ACREEDORAS QUE
HAYAN OTORGADO CRÉDITOS CON GARANTÍA HIPOTECARIA QUE SE HUBIEREN
DESTINADO A ADQUIRIR O CONSTRUIR UNA O MÁS VIVIENDAS O A PAGAR LOS
CRÉDITOS SEÑALADOS)
En esta sección deben señalarse los datos relativos a la identicación del declarante, indi-
cando el RUT, razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax y
número de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el número incluyendo su código
de discado directo).
3. Sección B: DATOS DE LOS INFORMADOS (PERSONAS NATURALES DEUDORAS
DEL CRÉDITO)
Columna “RUT del Deudor”: Debe registrarse N° de RUT de la persona natural que efectuó
el pago de los intereses correspondientes a la obligación con garantía hipotecaria contraída.
Columna “Tipo de Operación”: Se debe indicar si el tipo de operación corresponde a créditos
hipotecarios o mutuos hipotecarios, de acuerdo a la siguiente clasicación:

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