Declaración Jurada N° 1886: declaración jurada anual sobre retiros y créditos correspondientes - Núm. 32, Febrero 2016 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703906453

Declaración Jurada N° 1886: declaración jurada anual sobre retiros y créditos correspondientes

Páginas208-211
208
Manual EjEcutivo tributario
caso podrá ser objeto de devolución. Adicionalmente, es menester señalar que el Impuesto
de Primera Categoría, en la parte que se haya deducido el mencionado crédito por impuestos
pagados en el exterior que establecen los artículos 41A y 41C de la LIR, no podrá ser imputa-
do como crédito contra el Impuesto Global Complementario o Adicional, según corresponda,
que se determine sobre rentas de fuente chilena. (Circular N° 12, de 30.01.2015).
Nota. Cabe destacar que la información consignada en esta Sección B corresponde al traspa-
so a los titulares de la información que las respectivas Sociedades Anónimas, en Comandita
por Acciones y Sociedades por Acciones proporcionaron a la Institución Intermediaria, a tra-
vés del Modelo de Certicado N° 3.
“Número o Folio del Certicado” emitido por la Institución Intermediaria a los titulares de las
acciones en custodia, en conformidad a las instrucciones vigentes sobre la materia.
4. Sección C: DATOS RESPECTO DE ACCIONES PROPIAS DEL DECLARANTE
Se deberá indicar los datos por acciones propias del declarante, siguiendo el modelo de de-
claración utilizado en la Sección B.
5. CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
Se deben anotar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las columnas
correspondientes, es decir, los valores consignados en las Secciones B y C anteriores.
El recuadro “Total de Casos Informados” corresponde al número total de los casos que se
está informando a través de la primera columna de esta Declaración Jurada, los que deben
numerarse correlativamente.
El retardo u omisión de la presentación de esta Declaración Jurada, se sancionará con lo
prescrito en el Artículo 97 N° 1 del Código Tributario.
Nota aclaratoria Declaración Jurada N° 1885:
Cabe hacer presente que, tratándose de personas que posean acciones inscritas en custo-
dia, que sin ser de su propiedad, guren a su nombre en el registro de accionistas de la res-
pectiva sociedad anónima, y que se encuentren obligadas a presentar la Declaración Jurada
1885, denominada “Declaración Anual sobre Dividendos Distribuidos y Créditos de Acciones
en Custodia”, para efectos de confeccionar ésta declaración, deberán considerar el registro
especial establecido en el artículo 179 de la Ley N° 18.045, vigente a la misma fecha señala-
da en el inciso nal del artículo 81 de la Ley N° 18.046, esto es, al quinto día hábil anterior a
las fechas establecidas para su solución o pago.
En este sentido, los dividendos deben ser reconocidos para efectos tributarios por quien tenía
derecho a los mismos, esto es, quien aparecía como propietario en el registro especial del
custodio en la oportunidad antes indicada, independiente que, a la misma fecha, el respectivo
custodio aún no gure en el registro de accionistas.
53. DECLARACIÓN JURADA N° 1886: DECLARACIÓN JURADA ANUAL SOBRE RETI-
ROS Y CRÉDITOS CORRESPONDIENTES.
VENCIMIENTO: 30 de marzo

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR