Declaración Jurada N° 1885: declaración jurada anual sobre dividendos distribuidos y créditos correspondientes por acciones en custodia - Núm. 32, Febrero 2016 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703906449

Declaración Jurada N° 1885: declaración jurada anual sobre dividendos distribuidos y créditos correspondientes por acciones en custodia

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Manual EjEcutivo tributario
Monto del respectivo “Incremento por Impuesto de Primera Categoría” que disponen los inci-
sos nales de los Artículos 54 N° 1 y 62 de la L.I.R.
Detalle de los montos de los “Créditos” por “Impuesto de Primera Categoría”, correspon-
dientes a rentas afectas y/o exentas de Global Complementario o Adicional, por “Crédito por
Impuestos Externos” e “Impuesto Tasa Adicional del Ex- Artículo 21° de la Ley de Impuesto
a la Renta”.
Para aquellos créditos por Impuesto de Primera Categoría correspondientes a rentas afectas
y/o exentas de Impuesto Global Complementario o Adicional, deberá separar los montos por
créditos con derecho a devolución y sin derecho a devolución, considerando especialmente
en las columnas “Sin Derecho a Devolución”, aquella parte del Impuesto de Primera Cate-
goría de la cual se hayan deducido créditos por Impuestos Pagados en el Exterior, ya que
según el número 7, letra D del Artículo 41 A de la Ley sobre Impuesto a la Renta, en ningún
caso podrá ser objeto de devolución. Adicionalmente, es menester señalar que el Impuesto
de Primera Categoría, en la parte que se haya deducido el mencionado crédito por impuestos
pagados en el exterior que establecen los artículos 41A y 41C de la LIR, no podrá ser imputa-
do como crédito contra el Impuesto Global Complementario o Adicional, según corresponda,
que se determine sobre rentas de fuente chilena. (Circular N° 12, de 30.01.2015).
“Número o Folio del Certicado” emitido a sus accionistas por las Sociedades Anónimas y en
Comandita por Acciones, en conformidad a las instrucciones vigentes sobre la materia.
4. CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
Se deben anotar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las columnas
correspondientes.
El recuadro “Total de Casos Informados” corresponde al número total de los casos que se
está informando a través de la primera columna de esta Declaración Jurada, los que deben
numerarse correlativamente.
El retardo u omisión de la presentación de esta Declaración Jurada, se sancionará de acuer-
do con lo prescrito en el Artículo 97 N° 1 del Código Tributario.
52. DECLARACIÓN JURADA N° 1885: DECLARACIÓN JURADA ANUAL SOBRE DI-
VIDENDOS DISTRIBUIDOS Y CRÉDITOS CORRESPONDIENTES POR ACCIONES EN
CUSTODIA.
VENCIMIENTO: 28 de marzo
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1885
1. Esta Declaración Jurada debe ser presentada por los Bancos, Corredores de Bolsa y
demás personas, informando la situación tributaria de los dividendos percibidos en el año in-
mediatamente anterior correspondientes a acciones nominativas en custodia que, sin ser de
su propiedad, guren a su nombre, y de los créditos a que dan derecho las referidas rentas,
en el caso de inversiones no acogidas a los regímenes tributarios especiales de incentivo al
ahorro a que se reere el artículo 42 bis y 57 bis de la Ley de la Renta, en conformidad a las
instrucciones vigentes sobre la materia.

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