Declaración jurada n° 1874: operaciones sobre instrumentos de deuda de oferta publica art. 104 Ley de la Renta, efectuada por corredores de bolsa, agentes de valores, representantes, custodios, depositos de valores, bancos u otros intermediarios, por cuenta de terceros - Núm. 103, Enero 2022 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 893648678

Declaración jurada n° 1874: operaciones sobre instrumentos de deuda de oferta publica art. 104 Ley de la Renta, efectuada por corredores de bolsa, agentes de valores, representantes, custodios, depositos de valores, bancos u otros intermediarios, por cuenta de terceros

AutorXimena Pérez Brito
Páginas96-100
96
MANUAL EJECUTIVO TRIBUTARIO
La omisión de esta Declaración Jurada o su presentación fuera de plazo, será
sancionada de acuerdo a lo previsto en el N° 15 del artículo N°97 del Código Tributario.
Futuras modicaciones sobre los formatos e instrucciones serán publicadas en
Internet. El medio de presentación de esta Declaración Jurada es vía Internet.
20.- DECLARACIÓN JURADA N° 1874: OPERACIONES SOBRE INSTRUMENTOS
DE DEUDA DE OFERTA PUBLICA ART. 104 LEY DE LA RENTA, EFECTUADA
POR CORREDORES DE BOLSA, AGENTES DE VALORES, REPRESENTANTES,
CUSTODIOS, DEPOSITOS DE VALORES, BANCOS U OTROS INTERMEDIARIOS,
POR CUENTA DE TERCEROS.
VENCIMIENTO: 25 DE MARZO
INSTRUCCIONES PARA CONFECCIONAR DECLARACIÓN JURADA. N° 1874
Esta declaración debe ser presentada por los corredores de bolsa, agentes de valores,
representantes, custodios, depósitos de valores, bancos u otros intermediarios que
efectúen a su nombre inversiones por cuenta de terceros (nacionales o extranjeros),
para informar todas las operaciones realizadas durante el año, respecto del mandante,
verdadero titular o beneciario de la inversión, correspondientes a instrumentos de
deuda de oferta pública acogidos al artículo 104 de la Ley sobre Impuesto a la Renta
(LIR), quienes también deberán informar la totalidad de las operaciones propias
acogidas a la norma en comento.
Cabe destacar que también se deben incluir las operaciones efectuadas fuera de
bolsa (OTC por su sigla en inglés, Over The Counter), que se encuentren acogidas
a la norma en comento.
Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE (CORREDORES DE BOLSA,
AGENTES DE VALORES U OTROS INTERMEDIARIOS)
Se debe identicar el contribuyente que presenta esta declaración jurada, indicando
su número de Rut, nombre o razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico
y número de teléfono (en este último caso se debe anotar el número incluyendo su
código de área).
De la misma forma, se deberá identicar el “Tipo de declarante” que está presentando
la declaración jurada. Para ello, se deberá utilizar alguno de los siguientes códigos:
Código Descripción
1
Corredor de bolsa
2
Agente de valores
3
Bancos
9
Otros intermediarios

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