Declaración Jurada N° 1874: Declaración jurada anual sobre operaciones sobre instrumentos de deuda de oferta pública acogidos al artículo 104 de la ley sobre impuesto a la renta, efectuadas por, corredores de bolsa, agentes de valores, representantes, custodios, depósitos de valores, bancos u otros intermediarios, por cuenta de terceros inversionistas, nacionales o extranjeros - Núm. 20, Febrero 2015 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 704691961

Declaración Jurada N° 1874: Declaración jurada anual sobre operaciones sobre instrumentos de deuda de oferta pública acogidos al artículo 104 de la ley sobre impuesto a la renta, efectuadas por, corredores de bolsa, agentes de valores, representantes, custodios, depósitos de valores, bancos u otros intermediarios, por cuenta de terceros inversionistas, nacionales o extranjeros

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Manual EjEcutivo tributario
56. DECLARACIÓN JURADA N° 1874: DECLARACIÓN JURADA ANUAL SOBRE
OPERACIONES SOBRE INSTRUMENTOS DE DEUDA DE OFERTA PÚBLICA
ACOGIDOS AL ARTÍCULO 104 DE LA LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA,
EFECTUADAS POR, CORREDORES DE BOLSA, AGENTES DE VALORES,
REPRESENTANTES, CUSTODIOS, DEPÓSITOS DE VALORES, BANCOS U
OTROS INTERMEDIARIOS, POR CUENTA DE TERCEROS INVERSIONISTAS,
NACIONALES O EXTRANJEROS.
VENCIMIENTO: 30 de marzo.
INSTRUCCIONES PARA CONFECCIONAR DECLARACIÓN JURADA. N° 1874
1. Esta declaración debe ser presentada, por los corredores de bolsa, agentes de
valores, representantes, custodios, depósitos de valores, bancos u otros intermediarios
que efectúen a su nombre, inversiones por cuenta de terceros, (nacionales o
extranjeros) para informar todas las operaciones realizadas durante el año, respecto
del mandante, verdadero titular o beneciario de la inversión, correspondientes a
instrumentos de deuda de oferta pública acogidos al artículo 104 de la Ley sobre
Impuesto a la Renta, quienes también deberán informar la totalidad de las operaciones
propias acogidas a la norma en comento.
Cabe destacar que también se deberán incluir las operaciones efectuadas fuera de
bolsa, (OTC por su sigla en Inglés Over The Counter) que se encuentren acogidas
a la norma en comento.
2. SECCIÓN A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
Se debe identicar el contribuyente que presenta esta declaración jurada, indicando su
número de Rut, Nombre o Razón Social, domicilio postal, comuna, correo electrónico,
número de fax y número de teléfono (en estos dos últimos casos se debe anotar el
número incluyendo su código de área).
De la misma forma, se deberá identicar el “Tipo de Declarante” que está presentando
la declaración jurada. Para ello, deberá utilizar alguno de los siguientes códigos:
Código Descripción
1Corredor de Bolsa
2Agente de Valores
3Bancos
9Otros Intermediarios
3. SECCIÓN B: DATOS DE LOS INFORMADOS
En la columna “Rut Emisor” deberá registrar el Rut de la entidad emisora de los
instrumentos transados. El llenado de este valor es obligatorio por lo que el campo
correspondiente no puede quedar en blanco o vacío.
En la columna “Rut Inversionista” deberá registrar el Rut del titular de los instrumentos
acogidos al artículo 104 de la LIR, cuya operación (adquisición o enajenación) se

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