Declaración Jurada N° 1874: sobre operaciones sobre instrumentos de deuda de oferta pública acogidos al artículo 104 ley de la renta, efectuadas por, corredores de bolsa, agentes de valores, representantes, custodios, depósitos de valores, bancos u otros, por cuenta de terceros inversionistas, nacionales o extranjeros
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Declaraciones Juradas
Año Tributario 2017
4.1.1 Sección C: CUADRO RESUMEN DE LA DECLARACIÓN JURADA
Columna “Cantidad de Registros Informados”: Se debe registrar la cantidad total de registros
informados en la Sección B: Detalle de Bonos de Atención de Salud y Reembolsos Pagados.
Columna “Total Valor Prestaciones”: Se debe registrar el total que resulte de la suma de los
montos indicados en la columna “Valor Prestación”.
Columna “Total Bonicación”: Se debe registrar el total que resulte de la suma de los montos
indicados en la columna “Bonicación”.
Columna “Total Valor Pago Aliado”: Se debe registrar el total que resulte de la suma de los
montos indicados en la columna “Pago Aliado”.
La omisión de esta Declaración Jurada o su presentación fuera de plazo, será sancionada de
acuerdo a lo previsto en el N° 15 del artículo N°97 del Código Tributario.
Futuras modicaciones sobre los formatos e instrucciones serán publicadas en Internet. El
medio de presentación de esta Declaración Jurada es vía Internet.
38. DECLARACIÓN JURADA N° 1874: OPERACIONES SOBRE INSTRUMENTOS
DE DEUDA DE OFERTA PUBLICA ART. 104 LEY DE LA RENTA, EFECTUADA POR
CORREDORES DE BOLSA, AGENTES DE VALORES, REPRESENTANTES, CUSTODIOS,
DEPOSITOS DE VALORES, BANCOS U OTROS INTERMEDIARIOS, POR CUENTA DE
TERCEROS INVERSIONISTAS, NACIONALES O EXTRANJEROS
VENCIMIENTO: 30 de Marzo
INSTRUCCIONES PARA CONFECCIONAR DECLARACIÓN JURADA. N° 1874
Esta declaración debe ser presentada, por los corredores de bolsa, agentes de valores,
representantes, custodios, depósitos de valores, bancos u otros intermediarios que efectúen a su
nombre, inversiones por cuenta de terceros, (nacionales o extranjeros) para informar todas las
operaciones realizadas durante el año, respecto del mandante, verdadero titular o beneciario
de la inversión, correspondientes a instrumentos de deuda de oferta pública acogidos al artículo
104 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, quienes también deberán informar la totalidad de las
operaciones propias acogidas a la norma en comento.
Cabe destacar que también se deberán incluir las operaciones efectuadas fuera de bolsa, (OTC
por su sigla en Inglés Over The Counter) que se encuentren acogidas a la norma en comento.
1. SECCIÓN A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
Se debe identicar el contribuyente que presenta esta declaración jurada, indicando su número
de Rut, Nombre o Razón Social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax
y número de teléfono (en estos dos últimos casos se debe anotar el número incluyendo su
código de área).
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