Declaración jurada n° 1862: sobre transferencia de fondos desde y hacia el exterior realizadas a traves de instituciones bancarias y otras entidades por encargo de terceros - Núm. 103, Enero 2022 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 893648557

Declaración jurada n° 1862: sobre transferencia de fondos desde y hacia el exterior realizadas a traves de instituciones bancarias y otras entidades por encargo de terceros

AutorXimena Pérez Brito
Páginas81-84
81
DECLARACIONES JURADAS AÑO TRIBUTARIO 2022
Columna “Total Activo”: Registre el monto total de la sumatoria de la columna
“Activo”.
Columna “Total Pasivo”: Registre el monto total de la sumatoria de la columna
“Pasivo”.
Columna “Total Pérdidas”: Registre el monto total de la sumatoria de la columna
“Pérdidas”.
Columna “Total Ganancias”: Registre el monto total de la sumatoria de la columna
“Ganancias”.
Columna “Resultado Según Balance”: Registre en la columna, la cantidad que
resulte de la diferencia entre la columna “Total Ganancias” y la columna “Total
Pérdidas”. Si la columna “Total Pérdidas” es mayor a la columna “Total Ganancias”,
la diferencia resultante se anota anteponiendo un signo (-).
Columna “Total Valor Tributario”: Registre el monto total de la sumatoria de la
columna “Total Valor Tributario”, el cual debe ser equivalente al valor del Capital
Propio Tributario al 31 de diciembre del año anterior al que se informa.
Columna “Total Datos Informados”: Corresponde al número total de casos que se
están informando a través de la primera columna de la Sección C, de esta Declaración
Jurada, los que deben numerarse correlativamente.
En el recuadro “RUT Representante Legal” registre el número de RUT del
representante legal, cuando corresponda.
El retardo u omisión en la presentación de esta Declaración Jurada será sancionado
de acuerdo a lo prescrito en el artículo 97 N° 15, del Código Tributario
14.- DECLARACIÓN JURADA N° 1862: SOBRE TRANSFERENCIA DE FONDOS
DESDE Y HACIA EL EXTERIOR REALIZADAS A TRAVES DE INSTITUCIONES
BANCARIAS Y OTRAS ENTIDADES POR ENCARGO DE TERCEROS.
VENCIMIENTO: 24 DE MARZO
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA
Nº 1862
La presente Declaración Jurada deberá ser presentada por las Instituciones Bancarias,
Agencias o Representaciones de Bancos Extranjeros, Casas de Cambio, Instituciones
Financieras y demás entidades con domicilio o residencia en Chile, que realicen, por
encargo de terceros, operaciones correspondientes a: remesas, pagos o traslados
de fondos al exterior, ingresos de fondos del exterior u operaciones que impliquen
disposición de fondos en el exterior. Para estos efectos, por disposición de fondos,
se entenderá cualquier acto, convención o contrato en virtud del cual, la parte con
domicilio o residencia en Chile utiliza fondos de que dispone en el extranjero, a
cualquier título, para realizar inversiones, pagos, transferencias o traspasos.

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