Declaración Jurada N° 1839: declaración jurada mensual sobre contratos de derivados, celebrados por terceros - Núm. 32, Febrero 2016 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703906321

Declaración Jurada N° 1839: declaración jurada mensual sobre contratos de derivados, celebrados por terceros

Páginas102-104
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Manual EjEcutivo tributario
20. DECLARACIÓN JURADA N° 1839: DECLARACIÓN JURADA MENSUAL SOBRE
CONTRATOS DE DERIVADOS, CELEBRADOS POR TERCEROS.
VENCIMIENTO: Ultimo día hábil de cada mes
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1839
1. Esta declaración debe ser presentada por los siguientes contribuyentes que actúen como
intermediarios en la celebración de un contrato de derivados, de aquellos a los que se reere
el artículo 2° de la Ley N° 20.544, de 2011:
· Contribuyentes que faciliten o hagan posible el contacto entre dos partes que
nalmente celebren un contrato de derivados.
· Contribuyentes que estén autorizados a prestar el servicio de custodia y/o
administración de valores extranjeros y que participen en la celebración de contratos
de derivados, sin ser una de las partes contratantes, como por ejemplo, los agentes
custodios de acuerdo a la Resolución N° 36, de 2011, emitida por este Servicio.
· Contribuyentes que asesoren y/o contribuyan en la celebración de un contrato de
derivados, sin ser una de las partes contratantes de los mismos.
· Contribuyentes que, en cumplimiento de sus funciones, tomen conocimiento de la
celebración de un contrato de derivados de aquellos señalados en el artículo 2° de
la Ley N° 20.544, de 2011, pero no sean una de las partes contratantes.
El plazo de presentación de esta declaración jurada será hasta el último día hábil de cada
mes, respecto de los contratos de derivados que los contribuyentes obligados a presentar esta
declaración, hayan intermediado en el mes inmediatamente anterior.
2. SECCIÓN A: IDENTIFICACIÓN DEL DECLARANTE
Se debe identicar la empresa o institución que presenta la declaración, indicando su número
de RUT, Nombre o Razón Social, domicilio postal, comuna, correo electrónico, número de fax
y número de teléfono (en estos dos últimos casos se debe anotar el número incluyendo su
código de área).
3. SECCIÓN B: DATOS DE LOS CONTRATOS INFORMADOS
En la columna “RUT parte A”, se deberá registrar el RUT o cédula de identidad de una de las
partes contratantes (“parte A”) del contrato de derivados informado.
En caso que la parte A no tenga RUT, se deberá dejar este campo en blanco.
En la columna “Tax ID de la parte A”, en caso que la parte A no tenga RUT, se deberá registrar
el Código de identicación tributaria del país de domicilio o residencia de dicha parte.
En caso que la parte A sea una persona o entidad que posea RUT otorgado en Chile, deberá
dejar este campo blanco. En la columna “RUT parte B”, se deberá registrar el RUT o cédula
de identidad de la otra parte contratante (“parte B”) del contrato de derivados informado.
En caso que la parte B no tenga RUT, se deberá dejar este campo en blanco.
En la columna “Tax ID de la parte B”, en caso que la parte B no tenga RUT, se deberá registrar
el Código de identicación tributaria del país de domicilio o residencia de dicha parte.

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