Declaración Jurada N° 1828: declaración jurada anual de estado de ingresos y usos de donaciones recibidas, conforme a la ley n° 19.712, sobre donaciones deportivas y ley n° 19.885, sobre donaciones con fines sociales y artículo 8° de la ley 18.985 (modificada por la ley 20.675), sobre donaciones con fines culturales
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Declaraciones Juradas
Año Tributario 2016
acogidos al mecanismo de incentivo al ahorro de la letra A) del Artículo 57 bis de la L.I.R.,
según Resol. Ex N° 065, de fecha 11.01.1993, y sus modicaciones posteriores.
4. CUADRO RESUMEN FINAL DE LA DECLARACIÓN
Se deben anotar los totales que resulten de sumar los valores registrados en las columnas
correspondientes. El recuadro “Total de Casos Informados” corresponde al número total de
los casos que se está informando a través de la primera columna de esta Declaración Jurada,
los que deben enumerarse correlativamente.
La omisión de esta Declaración Jurada o su presentación fuera de plazo, será sancionada de
acuerdo a lo previsto en el Artículo 97 N° 1 del Código Tributario.
11. DECLARACIÓN JURADA N° 1828: DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE ESTADO
DE INGRESOS Y USOS DE DONACIONES RECIBIDAS, CONFORME A LA LEY
N° 19.712, SOBRE DONACIONES DEPORTIVAS Y LEY N° 19.885, SOBRE DONACIONES
CON FINES SOCIALES Y ARTÍCULO 8° DE LA LEY 18.985 (MODIFICADA POR LA LEY
20.675), SOBRE DONACIONES CON FINES CULTURALES.
VENCIMIENTO: 30 de marzo
INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N° 1828
1. Este formulario debe ser presentado por toda institución que reciba y/o haga uso de
donaciones con nes deportivos, sociales y/o Culturales de proyectos aprobados desde el
año 2014, conforme a lo dispuesto en los artículos 62 y siguientes de la Ley N° 19.712, en el
artículo 2° de la Ley N° 19.885 y en el artículo 25 del D.S. N° 77, que aprueba el Reglamento del
Fondo Mixto de Apoyo Social y de las Donaciones con Fines Sociales sujetas a los benecios
tributarios contemplados en la Ley N° 19.885 y en el artículo 8° de la Ley N° 18.985 . En el
citado formulario se debe registrar el detalle de los recursos recibidos y utilizados por conceptos
de donaciones efectuadas al amparo de las Leyes antes mencionadas.
2. Sección A: IDENTIFICACIÓN DEL BENEFICIARIO O DONATARIO
En esta Sección deben señalarse los datos relativos a la identicación de las siguientes
instituciones:
• Las Instituciones, Corporaciones u Organizaciones Deportivas que reciban y/o hagan uso
de donaciones conforme a lo dispuesto en los artículos 62 y siguientes de la Ley N° 19.712.
• Las Corporaciones o Fundaciones, constituidas conforme a las normas del Título XXXIII del
Libro I del Código Civil que reciban y/o hagan uso de donaciones para los nes dispuestos en
el artículo 2° de la Ley N° 19.885.
Debe registrarse el RUT, nombre o razón social, domicilio postal, comuna, correo electrónico,
número de fax y número de teléfono (en los dos últimos casos se debe anotar el número
incluyendo su código de discado directo) de la respectiva institución.
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