Decisión Nº C7918-20 de Consejo de Transparencia de 09/03/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 868760911

Decisión Nº C7918-20 de Consejo de Transparencia de 09/03/2021

JuezFrancisco Javier Leturia Infante (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime),Natalia González Bañados (Unánime)
Número de sentenciaC7918-20
Fecha09 Marzo 2021

DECISIÓN AMPARO ROL C7918-20

Entidad pública: Superintendencia de Pensiones

Requirente: Yheni Leon Borquez

Ingreso Consejo: 03.12.2020

RESUMEN

Se rechaza el amparo interpuesto en contra de la Superintendencia de Pensiones, referido a la entrega de información sobre el monto total de los recargos que la Administradora de Pensiones que indica abonó en su cuenta individual.

Lo anterior, por estimarse que los antecedentes remitidos por la Superintendencia, con ocasión de su respuesta, permiten satisfacer el requerimiento de especie en los términos formulados.

En sesión ordinaria N° 1163 del Consejo Directivo, celebrada el 9 de marzo de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C7918-20.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 4 de noviembre de 2020, doña Yheni León Bórquez solicitó a la Superintendencia de Pensiones la siguiente información: «conforme a lo dispuesto en el Oficio Ordinario N° 15584, de 19 agosto de 2020, solicita se informe el monto total de los recargos que AFP que indica abonó en su cuenta individual CICCO, dado que estos abonos de recargo no se muestran en la planilla excel que le enviaron»

2) RESPUESTA: Mediante presentación, de fecha 2 de diciembre de 2020, la Superintendencia de Pensiones respondió a dicho requerimiento de información...

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