Decisión Nº C6758-19 de Consejo de Transparencia de 26/12/2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 841201729

Decisión Nº C6758-19 de Consejo de Transparencia de 26/12/2019

JuezJorge Jaraquemada Roblero (Ausente),Marcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente,Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-10,Ley de Transparencia ART-11 LETRA H
Número de sentenciaC6758-19
Fecha26 Diciembre 2019

DECISIÓN AMPARO ROL C6758-19

Entidad pública: Gobierno Regional Región de Arica y Parinacota.

Requirente: Juan Pablo Droguett Sepúlveda.

Ingreso Consejo: 30.09.2019.

RESUMEN

Se rechaza el amparo deducido en contra del Gobierno Regional Región de Arica y Parinacota, respecto de los documentos adjuntos en el oficio consultado.

Lo anterior, en atención a que no se disponen de antecedentes que conduzcan a una conclusión contraria de aquella sostenida por el órgano requerido, en orden a que dichos antecedentes no obran en su poder.

En tal sentido, el servicio habiendo expresado en su respuesta que aquella sería enviada junto a sus adjuntos, aclaró posteriormente que la referencia a estos últimos constituye un mero error de digitación, no existiendo en realidad más antecedentes que entregar.

Se representa al órgano la falta de la debida diligencia en la redacción de su respuesta.

En sesión ordinaria N° 1060 del Consejo Directivo, celebrada el 26 de diciembre de 2019, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del amparo rol C6758-19.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 27 de agosto de 2019, don Juan Pablo Droguett Sepúlveda solicitó al Gobierno Regional Región de Arica y Parinacota, la siguiente información: "documento que acredite...

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