Decisión Nº C6714-21 de Consejo de Transparencia de 21/12/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 896931683

Decisión Nº C6714-21 de Consejo de Transparencia de 21/12/2021

Fecha21 Diciembre 2021
Número de sentenciaC6714-21

DECISIÓN AMPARO ROL C6714-21

Entidad pública: Subsecretaría de Bienes Nacionales

Requirente: Diego Torres Samit

Ingreso Consejo: 07.09.2021

RESUMEN

Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Subsecretaría de Bienes Nacionales, ordenando la entrega de copia del expediente de solicitud de herencia vacante que individualiza, principalmente, inventario simple de bienes denunciados, RUT del causante, copia del formulario de herencia vacante y certificado de defunción del causante.

Lo anterior, por cuanto, se desestima la configuración de la causal de reserva o secreto de afectación de derechos del tercero interesado, al no haberse justificado ni acreditado de qué manera la entrega de la información produciría una afectación presente o probable y con suficiente especificidad a los derechos de las personas, particularmente tratándose de su seguridad, su salud, la esfera de su vida privada o derechos de carácter comercial o económico.

Previo a la entrega de la información deberán tarjarse aquellos datos personales de contexto que pudieran estar incorporados en la documentación requerida, ello en conformidad con lo dispuesto en la Ley sobre Protección de la Vida Privada y en cumplimiento de la atribución otorgada a este Consejo por la Ley de Transparencia.

En sesión ordinaria N° 1239 del Consejo Directivo, celebrada el 21 de diciembre de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C6714-21.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 26 de agosto de 2021, don Diego Torres Samit solicitó a la Subsecretaría de Bienes Nacionales la siguiente información: "Expediente N° 5HV1883 sobre la cual versa el expediente N° 1050 de 6 de noviembre de 2019 emitido por la SEREMI de Bienes Nacionales de Valparaíso. Se busca principalmente obtener: inventario simple de bienes denunciados, rut del causante, copia del formulario de herencia vacante, certificado de defunción del causante".

2) RESPUESTA: El 2 de septiembre de 2021, la Subsecretaría de Bienes Nacionales respondió al requerimiento, remitiendo al reclamante el Oficio N° 2507, del 1 de septiembre de 2021, a través del cual comunica al tercero interesado el...

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