Decisión Nº C6-21 de Consejo de Transparencia de 06/04/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 868526342

Decisión Nº C6-21 de Consejo de Transparencia de 06/04/2021

JuezNatalia González Bañados (Unánime),Gloria de la Fuente González (Ausente),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime),Bernardo Navarrete Yáñez (Unánime)
Número de sentenciaC6-21
Fecha06 Abril 2021
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-33,Constitución Política de la República ART-19 N° 14,Ley de Transparencia ART-24

DECISIÓN AMPARO ROL C6-21

Entidad pública: Policía de Investigaciones de Chile

Requirente: Soledad Luttino

Ingreso Consejo: 04.01.2021

RESUMEN

Se acoge el amparo deducido en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, sin perjuicio de tener por cumplida la obligación de informar, aunque extemporáneamente.

Se rechaza el amparo en lo relativo a la pretensión de la reclamante referida a que los costos de reproducción pagados le sean devuelto por la PDI, por no corresponder a una denegación de información amparable al alero de la Ley de Transparencia. Lo anterior no obsta a que, de estimarlo pertinente, dicha solicitud pueda ser dirigida directamente ante el organismo competente, en el ejercicio del derecho de petición reconocido en el artículo 1914 de la Constitución Política de la República.

Se representa al órgano haber dado respuesta fuera del plazo legal establecido para ello, así como haber efectuado el cobro de costos directos de reproducción sin haber aportado antecedentes que acrediten su procedencia. Lo anterior, a fin de que se adopten las medidas tendientes a evitar que dichas circunstancias vuelvan a repetirse.

En sesión ordinaria N° 1170 del Consejo Directivo, celebrada el 6 de abril de 2021, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C6-21.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 17 de noviembre de 2020, doña Soledad Luttino solicitó a la Policía de Investigaciones de Chile (en adelante e indistintamente PDI) la siguiente información:

a) Copia de todas las autorizaciones efectuadas por las diferentes unidades regionales de la Contraloría General de la República, donde decide darle pago de cuotas a los funcionarios, en el orden que sale en la nómina enviada;

b) Copia de todos los documentos que den cuenta de los descuentos o depósitos efectuados efectivos;

c) Reitera solicitudes 3,4,5 textual de la solicitud AD010T0011128, por no entrega de información.

d) Señale fecha que fueron recepcionados por oficios señalados;

e) Formas y copias de los documentos que dan cuenta de la devolución de dineros de policías en retiro o similar. Anexe funcionarios que autorizó dichos pagos en su oportunidad.

2) PRORROGA DE PLAZO: Por oficio de fecha 16 diciembre de 2020, el órgano notificó a la parte solicitante la decisión de prorrogar el plazo de respuesta en 10 días hábiles, esto es, hasta el 31 de diciembre de 2020, en los términos referidos en el inciso 2° del artículo 14 de la Ley de Transparencia.

3) AMPARO: El 4 de enero de 2021, doña Soledad Luttino dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en que no recibió respuesta a su solicitud.

4) RESPUESTA EXTEMPORÁNEA: El 06 de enero de 2021, la Policía de Investigaciones de Chile dio respuesta al requerimiento de información indicando que lo solicitado se compone de 236 hojas, por lo cual para acceder a su reproducción deberá pagar la suma de $3.776, depositando el valor en la cuenta que indica y enviando el comprobante de pago al correo electrónico que se informa.

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