Decisión Nº C3319-20 / C332... de Consejo de Transparencia de 01/09/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 850251908

Decisión Nº C3319-20 / C332... de Consejo de Transparencia de 01/09/2020

JuezMarcelo Drago Aguirre (Unánime), Presidente,Jorge Jaraquemada Roblero (Unánime),Gloria de la Fuente González (Unánime),Francisco Javier Leturia Infante (Unánime)
Normativa aplicadaLey de Transparencia ART-5 INCISO 2,Ley 19880 2003 - LEY DE BASES DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS QUE RIGEN LOS ACTOS DE LOS ORGANOS DE LA ADMINISTRACION DEL ESTADO ART-9,Ley de Transparencia ART-10
Fecha01 Septiembre 2020
Número de sentenciaC3319-20 / C332...

DECISIÓN AMPAROS ROLES C3319-20 y C3321-20

Entidad pública: Municipalidad de Arica

Requirente: Leonardo Cubillos Ramírez

Ingreso Consejo: 16.06.2020

RESUMEN

Se rechazan los amparos deducidos en contra de la Municipalidad de Arica, referido a la entrega de los decretos alcaldicios mediante los cuales se cursaron multas a la empresa que indica en la prestación de los servicios de Mantención y Mejoramiento Áreas Verdes de la comuna de Arica.

Lo anterior, en atención a que no se disponen de antecedentes que conduzcan a una conclusión contraria de aquella sostenida por el órgano requerido, en orden a que dichos documentos no obran en su poder, por inexistentes. En efecto, el órgano entregó información detalladas sobre los montos cursados por concepto de multas a la empresa consultada, justificando la inexistencia de los decretos alcaldicios pedidos en la forma de contratación de los servicios (trato directo).

En virtud de los principios de máxima divulgación y facilitación, se recomendará al municipio reclamado que entregue al reclamante los actos administrativos, cualquiera sea su naturaleza, que dé cuenta las razones que fundaron la aplicación de las multas que se señalan en el cuadro adjunto en la respuesta otorgada por el órgano a la solicitud de información, tarjando previamente los datos personales de contexto que pudiesen contener. Además, este Consejo remitirá al reclamante los informes mensuales de evaluación de los Inspectores Técnicos del contrato consultado, acompañados por el organismo con ocasión de sus descargos.

En sesión ordinaria N° 1127 del Consejo Directivo, celebrada el 1 de septiembre de 2020, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de las solicitudes de amparo al derecho de acceso a la información Roles C3319-20 y C3321-20.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 29 de abril de 2020, don Leonardo Cubillos Ramírez solicitó a la Municipalidad de Arica lo siguiente: "se informe y se adjunten los siguientes actos administrativos: a) Indicar empresa que tenía adjudicado antes del mes de Octubre del año 2019 los Servicios de Mantención y Mejoramiento Áreas Verdes de la Comuna de Arica. b) Indicar si a esa empresa se le cursaron multas desde Enero 2019 a Octubre 2019, adjuntando los respectivos Decretos Alcaldicios".

2) RESPUESTA: El 10 de junio de 2020, mediante el Ord. N°2259, la Municipalidad de Arica respondió a dicho requerimiento de información indicando, en resumen, después de citar los artículos 10 y 16 de la Ley de Transparencia, que se adjunta copia de los siguientes documentos:

a) Decreto Alcaldicio N°18.226 de fecha 27 de diciembre de 2018, el cual autoriza la contratación vía trato directo con la Empresa Vivero Tropical SpA, por el periodo de seis meses a contar del 01/01/2019 hasta el 30/06/2019;

b) Decreto Alcaldicio N°1533 de fecha 29 de enero de 2019, el cual modifica el Decreto Alcaldicio N°18.226/2018 que autoriza la contratación vía trato directo con la Empresa...

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