Decisión Nº 70-2018 de Consejo de Transparencia de 29/04/2019 - Doctrina Administrativa - VLEX 801412729

Decisión Nº 70-2018 de Consejo de Transparencia de 29/04/2019

JuezJuan Poblete Méndez,Jaime Balmaceda Errázuriz,Leopoldo Llanos Sagristá
Fecha29 Abril 2019
Número de sentencia70-2018

Santiago, veintinueve de abril de dos mil diecinueve.

Vistos y teniendo presente:

Primero: Que en la presente causa doña María Eugenia Manaud Tapia, en calidad de Presidenta del Consejo de Defensa del Estado dedujo reclamo de ilegalidad con fecha 21 de febrero de 2018, en contra de la Decisión de Amparo, roles acumulados C- 3.139-17 y C-3.140-17, pronunciado por el Consejo para la Transparencia, que acogió parcialmente los amparos de acceso a la información pública interpuestos por Elmir Javier De La Cuadra Caminos, ordenándole la entrega al amparado de copia de las evaluaciones de desempeño respecto a los funcionarios Daniel Medina Berrocal y Natalio Vodanovic Schnake, tarjando previamente todos los datos personales de contexto consignados en dichos instrumentos, como asimismo todos datos personales sensibles relativos, por ejemplo, al estado de salud de los respectivos funcionarios. Lo anterior, en conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 19.628, sobre Protección a la Vida Privada, y a Ley de Transparencia en su artículo 21 N° 5.

Expresa que mediante dos solicitudes de acceso de fecha 23 de junio de 2017, Elmir Javier De La Cuadra Caminos, solicitó al CDE información sobre los abogados de la Procuraduría Fiscal de Valdivia, Daniel Medina Berrocal y Natalio Vodanovic Schnake.

Luego, mediante oficios de 26 de julio de 2017, la Presidenta del CDE solicitó pronunciamiento a los funcionarios conforme al artículo 20 de la Ley N° 20.285.

Mediante sendas Notas Internas ambos funcionarios, informaron su oposición respecto de la entrega de la información relacionada con sus evaluaciones de desempeño, manifestando Medina Berrocal que funda dicha negativa en sospechar un mal uso de la información por existir una causa particular en la que intervino en contra del requirente.

Mediante oficios de 22 de agosto de 2017 el CDE dio respuesta al solicitante denegando parcialmente la entrega de información pedida, solo en cuanto a la información relativa a las evaluaciones de desempeño de los funcionarios indicados, conforme al artículo 212 de la ley 20.285, en relación al artículo 20 de la misma ley.

Finalmente, mediante oficios de 31 de enero de 2018, el CPLT notificó su decisión final recaída en los amparos acumulados, resolviendo acoger parcialmente el requerimiento y ordenando al CDE la entrega de la información de las evaluaciones de desempeño de los funcionarios Medina y Vodanovic, tarjando la información ya señalada.

Seguidamente el CDE da cuenta su legitimación...

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