Daños y perjuicios - indemnización de perjuicios - accidentes de tránsito - responsabilidad cuasidelictual - determinación del daño - exposición imprudente al daño - prueba - lucro cesante - incapacidad parcial y permanente - daño moral - recurso de apelación - rechazado - Fallos cortes de apelaciones - Accidentes de Tránsito. Síntesis Jurisprudencial y Doctrina - Libros y Revistas - VLEX 903499408

Daños y perjuicios - indemnización de perjuicios - accidentes de tránsito - responsabilidad cuasidelictual - determinación del daño - exposición imprudente al daño - prueba - lucro cesante - incapacidad parcial y permanente - daño moral - recurso de apelación - rechazado

AutorAníbal Cornejo Manríquez
Páginas224-225
224
87.-
DAÑOS Y PERJUICIOS - INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS -
ACCIDENTES DE TRÁNSITO - RESPONSABILIDAD
CUASIDELICTUAL - DETERMINACIÓN DEL DAÑO - EXPOSICIÓN
IMPRUDENTE AL DAÑO - PRUEBA - LUCRO CESANTE -
INCAPACIDAD PARCIAL Y PERMANENTE - DAÑO MORAL -
RECURSO DE APELACIÓN - RECHAZO DEL RECURSO
Guerrero Tello, Román del Carmen c/ Fisco De Chile s/
Indemnización por daño moral y lucro cesante - Recurso de
casación en la forma y apelación
Corte de Apelaciones de Arica
26 - 4 - 2010
ROL: 351-09
SÍNTESIS JURISPRUDENCIAL
Debe resarcirse el perjuicio causado al demandante por
responsabilidad cuasidelictual, si producto de un accidente de tránsito
éste sufrió una invalidez permanente de un 75%.
DOCTRINA
1.- Debe confirmarse la sentencia que condenó al Fisco demandado
a resarcir el lucro cesante pretendido, toda vez que el tribunal pudo
determinar cuáles eran sus ingresos mensuales a la fecha de la
colisión de la que fue víctima, ingresos que dejó de percibir a contar
de entonces debido a su estado de invalidez, por lo que, para
compensar esa pérdida patrimonial han de ser multiplicados por un
lapso de 90 meses, habida cuenta que a la fecha del accidente el
actor tenía 57 años de edad, por lo que su vida laboral útil, tomando
en cuenta su labor y su salud -presumiblemente- hasta la jubilación,
esto es, hasta los 65 años de edad, son variables que componen el
rubro de «lucro cesante» regulado en la causa.
2.- Encontrándose debidamente acreditado el daño moral, conforme
al mérito de la declaración y evaluación de invalidez del expediente
y demás documentos y antecedentes, consta que a raíz del

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