Corte Suprema incluyó horas extras en el cálculo de indemnizaciones
Hasta ahora las empresas no consideraban en el cálculo de la indemnización por años de servicio las horas extras trabajadas, pese a que estas ya habían perdido -en muchos casos- su "carácter eventual o accidental" y se habían vuelto más bien permanentes.
Hace algunos días la Cuarta Sala de la Corte Suprema rompió con este paradigma y unificó la jurisprudencia sobre los alcances del artículo 172 del Código del Trabajo, lo que implica que se deberán incluir las horas extras en la base de cálculo de las indemnizaciones cuando estas tengan un carácter duradero en el tiempo.
Abogados laboralistas argumentaron que esta medida tendrá como principal efecto el encarecimiento del despido a futuro.
Michel Laurie, abogado de PwC, explicó que el concepto de horas extras permanentes no existe en la legislación, pero en términos de lo que plantea la Corte, se refiere a las que estarían prestando los trabajadores de forma habitual y no esporádica como lo exige la normativa. "Cuando existe trabajo en horario extraordinario de manera permanente, claramente falta contratar personal", añadió Laurie. Actualmente, la jornada ordinaria tiene 45 horas semanales, distribuidas en 5 o 6 días. Puede existir un máximo 10 horas extras semanales, es decir, dos diarias.
"Al incluir estas horas extras que son permanentes, usted las asimila en la remuneración o en un bono de carácter permanente y hace que la base de cálculo de la indemnización por años de servicio y aviso previo sea más alta", señaló el abogado de PwC. Sebastián Parga, abogado...
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