Corte Suprema tendrá 10 días para resolver reclamaciones interpuestas por constituyentes
Fueron varios días de revisión, correcciones y plenos, hasta que finalmente ayer la Corte Suprema aprobó el auto acordado que regulará el procedimiento de las reclamaciones que interpongan los constituyentes, por vicios formales que surjan durante la elaboración de la nueva Constitución.El próximo 11 de abril se escogerán los 155 constituyentes que tendrán la misión de redactar el nuevo texto y la Convención Constitucional deberá estar instalada la segunda quincena de mayo.La Corte Suprema, por mandato de la Carta Fundamental, quedó a cargo del sistema de resolución de conflictos, entregado a cinco ministros que integren el máximo tribunal, elegidos por un sorteo que se realizará para cada una de las reclamaciones o cuestiones planteadas.Sorteo será público y podrán resolver también vicios los ministros suplentesDentro de estos cinco supremos podrán ser elegidos todos los integrantes en ejercicio, tanto titulares como suplentes, según el auto acordado. Esto incluye, además, a los miembros del Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel).El presidente de la Corte Suprema, Guillermo Silva, deberá realizar el sorteo cuando se hagan las presentaciones, el que será público.Competencias y plazosEste tribunal de carácter especial, integrado por cinco supremos, carecerá de competencia para conocer reclamos sobre el contenido de los textos, limitándose a las normas de procedimiento y los vicios formales respecto de los propios límites fijados por el constituyente.La reclamación debe ser presentada por escrito en la secretaría del máximo tribunal o vía remota en la Oficina Virtual, la que debe ser suscrita por un cuarto de los constituyentes (39), presentándose dentro del plazo de cinco días desde que se tomó conocimiento del vicio alegado, que deberá ser esencial y producir perjuicio.El auto acordado de la Corte Suprema no podrá ser objeto de control alguno, del establecido en artículo 93 número 2 de la Constitución, por el Tribunal Constitucional (TC). Este último fue excluido de este procedimiento.Los cinco magistrados tendrán un plazo máximo de 10 días hábiles -no se cuenta el fin de semana ni días feriados- para resolver la reclamación y dar a conocer su sentencia."Se podrá reclamar de una infracción a las reglas de procedimiento aplicables a la Convención, contenidas en los artículos 130 a 143 de la Constitución Política de la República, y de aquellas de procedimiento que emanen de los acuerdos de carácter general de la propia Convención", dice...
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