Decreto 473 - DETERMINA MONTO DEL APORTE ADICIONAL AL FONDO COMÚN MUNICIPAL QUE CORRESPONDERÁ PARA EL AÑO 2008 A LAS MUNICIPALIDADES DE PROVIDENCIA, VITACURA Y LAS CONDES
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR |
Rango de Ley | Decreto |
DETERMINA MONTO DEL APORTE ADICIONAL AL FONDO COMÚN MUNICIPAL QUE CORRESPONDERÁ PARA EL AÑO 2008 A LAS MUNICIPALIDADES DE PROVIDENCIA, VITACURA Y LAS CONDES
Santiago, 26 de marzo de 2008.- Hoy se decretó lo que sigue:
Núm. 473.- Vistos: La facultad otorgada en el artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República; lo dispuesto en el artículo 39 del decreto ley Nº 3.063, del año 1979, sobre Rentas Municipales, conforme a la modificación introducida por el Nº10 del artículo 4º de la ley Nº 20.033, lo informado en el oficio Ord. Nº 315, del Tesorero General de la República, de fecha 6 de marzo de 2008, y lo señalado en la resolución Nº 520, de 1996, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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Que, el artículo 39 del decreto ley Nº 3.063, de 1979, de acuerdo a la modificación considerada en el Nº10 del artículo 4º de la ley Nº 20.033, establece que las Municipalidades de Providencia, Vitacura y Las Condes, adicionalmente al aporte que deben efectuar al Fondo Común Municipal conforme a lo señalado en el Nº 1 del artículo 14 de la ley Nº18.695, deben integrar al mismo Fondo en forma anual, un monto equivalente a 70.000 unidades tributarias mensuales, distribuido entre ellas en proporción al total del rendimiento del impuesto territorial correspondiente a los inmuebles ubicados en cada una de las mencionadas comunas, en el año inmediatamente anterior al del aporte.
-
- Que, conforme señala la disposición antes mencionada, mediante decreto debe determinarse cada año el monto del aporte que corresponderá a cada una de las municipalidades indicadas precedentemente y los meses en que deben ser integrados al Fondo Común Municipal. Lo anterior, sin perjuicio de la excepción que considera el inciso segundo del artículo 39 del decreto ley Nº 3.063 de 1979,
Decreto:
Determínase para el año 2008, el monto del aporte adicional al Fondo Común Municipal que corresponderá a las Municipalidades de Providencia, Vitacura y Las Condes, el que ascenderá a:
- Municipalidad de Providencia 16.247 UTM
- Municipalidad de Vitacura 15.400 UTM
- Municipalidad de Las Condes 38.353 UTM
Las municipalidades antes mencionadas deberán enterar el aporte adicional al Fondo Común Municipal que les corresponda, distribuido en cuotas iguales en los meses de julio, octubre y diciembre del presente año.
Conforme a lo dispuesto en los incisos segundo y tercero del...
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