Cooperativa Pesquera Trabajadores del Mar de Lebu - 12 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 857356565

Cooperativa Pesquera Trabajadores del Mar de Lebu

Número de registroCVE-1846300
Fecha de publicación12 Noviembre 2020
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta42.803
CVE 1846300 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.803 | Jueves 12 de Noviembre de 2020 | Página 1 de 2
Empresas y Cooperativas
CVE 1846300
EXTRACTO
EN LEBU, REPUBLICA DE CHILE, tres de Noviembre del año dos mil veinte, ante mí,
LUIS HORACIO GILLET BEBIN, chileno, soltero, abogado, Notario Público y Conservador de
Bienes Raíces, Comercio y Minas de las comunas de Lebu y Los Álamos, domiciliado en
Alcázar ciento ochenta y nueve B, de esta ciudad, certifico: Por escritura Pública de 23 de
Octubre de 2020 ante mí, don NELSON FRANCISCO VELÁSQUEZ PARRA, chileno,
pescador, casado, cédula de identidad número 11.965.117-4, domiciliado en calle Covadonga
número trescientos ochenta, comuna de Lebu; y don JUAN CARLOS GONZÁLEZ
MONSÁLVEZ, chileno, Abogado, soltero, cédula de identidad número 16.930.899-3,
domiciliado en calle Prat número cuarenta y dos, comuna de Lebu; en representación de los 30
socios que integran la siguiente Cooperativa: RAZÓN SOCIAL: La Cooperativa se denominará
“Cooperativa Pesquera Trabajadores del Mar de Lebu”, su sigla o nombre de fantasía será
“Coopesco Lebu”. DOMICILIO: La Cooperativa está domiciliada en la Comuna Lebu, Provincia
de Arauco, Región del Biobío, Chile, pudiendo establecer agencias, sucursales o
representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. DURACIÓN: La Cooperativa
tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución
contempladas en la Ley General de Cooperativas. OBJETO SOCIAL: La cooperativa tiene como
objetos específicos dedicarse a la producción, compra, venta, distribución, transformación de
bienes, productos y servicios relacionados con la explotación de productos del mar, en sus
diversas especies, la exportación de sus productos o servicios y las actividades que persigan el
mejoramiento de las condiciones de vida de quienes las desempeñan. La Cooperativa observará
neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades
internas. Para el cumplimiento de sus objetivos la cooperativa, sin que la enumeración tenga el
carácter de taxativa, podrá realizar cualquiera de las actividades que a continuación se indican: a)
Solicitar y explotar áreas de manejo, a cualquier título, y en especial áreas de manejo de recursos
bentónicos. b) Proporcionar a los socios y a terceros, por venta o en alquiler o a cualesquier otro
título, al contado o a plazo, repuestos, herramientas, accesorios, materias primas y demás objetos
para el ejercicio de sus actividades. c) Estimular la unidad y cohesión de los socios para lograr
así elevar su nivel organizativo, económico, social y cultural fundado en el espíritu de
solidaridad y de práctica de la cooperación mutua. d) Perfeccionar la gestión cooperativa
aplicando normas y procedimientos tendientes a lograr su funcionamiento como una empresa
económico - social eficiente en su capacidad de generar beneficios a sus socios. e) Fomentar el
empleo de modernas tecnologías, que conduzcan al incremento de la producción y de la
productividad y a la inserción dinámica en los mercados nacionales e internacionales. f)
Proporcionar servicios de formación técnica, administrativa y económica tanto a sus socios como
a terceros. g) Incorporar a la Cooperativa la ejecución de programas de desarrollo productivo,
locales o regionales que beneficien a sus asociados. h) Asumir la defensa y protección de los
recursos naturales que estén en su ámbito de responsabilidad, asegurando su preservación y
desarrollo. i) Celebrar toda clase de actos y contratos sobres bienes raíces y muebles, con el
objeto de facilitar su uso y aprovechamiento por parte de los socios. j) Adquirir para sí o para
distribuir entre sus socios los equipos o implementos necesarios para el desarrollo de sus labores
productivas, comerciales o técnicas. k) La Cooperativa, sin perjuicio de los actos y contratos que
celebre con terceros en cumplimiento de sus finalidades, efectuará operaciones con sus socios y
con particulares, si así lo estimare necesario, para el normal desenvolvimiento de sus actividades
y la consecución de sus objetivos de desarrollo. l) Ejecutar programas de capacitación y
formación que proporcionen a los asociados y su familia conocimientos que propendan a su
desarrollo personal, incremento de sus capacidades como productor y al manejo adecuado de los
recursos naturales para asegurar su protección y conservación. m) Propender a la integración del
joven y la mujer a la organización cooperativa, entre otras formas, mediante la creación de
programas productivos, actividades socio-culturales, etc. n) Contratar créditos con entidades

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