Decreto núm. 172, publicado el 02 de Abril de 2014. PROMULGA EL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE TRINIDAD Y TOBAGO SOBRE AUTORIZACIÓN PARA QUE LOS DEPENDIENTES DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO, CONSULAR, TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS Y CONSULARES REALICEN ACTIVIDADES REMUNERADAS - vLex Chile

Decreto núm. 172, publicado el 02 de Abril de 2014. PROMULGA EL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE TRINIDAD Y TOBAGO SOBRE AUTORIZACIÓN PARA QUE LOS DEPENDIENTES DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO, CONSULAR, TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS Y CONSULARES REALICEN ACTIVIDADES REMUNERADAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyDecreto

PROMULGA EL CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE TRINIDAD Y TOBAGO SOBRE AUTORIZACIÓN PARA QUE LOS DEPENDIENTES DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO, CONSULAR, TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS Y CONSULARES REALICEN ACTIVIDADES REMUNERADAS

Núm. 172.- Santiago, 27 de diciembre de 2013.- Vistos: Los artículos 32, Nº 15, y 54, Nº 1), inciso primero, de la Constitución Política de la República.

Considerando:

Que con fecha 29 de marzo de 2012 el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Trinidad y Tobago, suscribieron en Puerto España, el Convenio sobre Autorización para que los Dependientes del Personal Diplomático, Consular, Técnico y Administrativo de las Misiones Diplomáticas y Consulares Realicen Actividades Remuneradas.

Que dicho Acuerdo fue aprobado por el H. Congreso Nacional, según consta en el oficio Nº 778/SEC/13 de 8 de octubre de 2013, del Senado.

Qué se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8, del referido Convenio, y, en consecuencia, éste entrará en vigor internacional el 12 de enero de 2014.

Decreto:

Artículo único

Promúlgase el Convenio entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Trinidad y Tobago sobre Autorización para que los Dependientes del Personal Diplomático, Consular, Técnico y Administrativo de las Misiones Diplomáticas y Consulares Realicen Actividades Remuneradas, suscrito en Puerto España, el 29 de marzo de 2012; cúmplase y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, Presidente de la República.- Alfonso Silva Navarro, Ministro de Relaciones Exteriores (S).

Lo que transcribo a US., para su conocimiento.- Francisco Gormaz Lira, Director General Administrativo (S).

CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE TRINIDAD Y TOBAGO SOBRE AUTORIZACIÓN PARA QUE LOS DEPENDIENTES DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO, CONSULAR, TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS Y CONSULARES REALICEN ACTIVIDADES REMUNERADAS

El Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Trinidad y Tobago, en adelante denominados "las Partes";

Considerando el interés mutuo en permitir, de manera recíproca, que los dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de las misiones diplomáticas y consulares del Estado acreditante realicen actividades remuneradas en el...

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