Los controvertidos requisitos del decomiso ampliado: indicios objetivos fundados del origen ilícito de los bienes - Núm. 28-3, Diciembre 2022 - Ius et praxis - Libros y Revistas - VLEX 920853079

Los controvertidos requisitos del decomiso ampliado: indicios objetivos fundados del origen ilícito de los bienes

AutorMarta Gisbert Pomata
CargoProfesora Doctora de Derecho Procesal, Universidad Pontificia Comillas, Madrid, España
Páginas274-286
Revista Ius et Prax is, Año 28, Nº 3, 2022
Marta Gisbert Pomata
pp. 274 - 286
274
Revista Ius et Praxis
Talca, Chile, 2022
Jurisprudencia
Fecha de recepción: 2021-04 -13; fecha de aceptación: 2021 -08-24
LOS CONTROVERTIDOS REQUISITOS DEL DECOMISO AMPLIADO:
INDICIOS OBJETIVOS FUNDADOS DEL ORIGEN ILÍCITO DE LOS BIENES
The controversial requirements of extended confiscation:
founded objective evidence of the illicit origin of the assets
MARTA GISBERT POMATA*
Universidad Pontificia Comillas
Resumen
Estudio jurisprudencial del decomiso ampliado de bienes que probablemente constituyan producto del delito
si no se puede demostrar a satisfacción del tribunal la procedencia lícita y sus requisitos en el Código Penal
Español: indicios o bjetivos fundados del origen ilícito de los bienes.
Palabras clave
Decomiso ampliado, in dicios y bienes.
Abstract
Jurisprudential study of extended confiscation for assets or property that are likely to be proceeds of crime if
their legal origin cannot be proven to the satisfaction of the court and the requirements of the Spanish Penal
Code: founded objective indications of the illicit origin of the a ssets or property.
Key words
Extended confiscation, evidence and assets.
1. Introducción
La extendida y acertada creencia de que el delito nunca puede ser rentable y que las
ganancias económicas son el oxígeno del que se nutren las organizaciones criminales ha
inspirado una intensa actividad legislativa en la Unión Europea y en España en estos últimos
años1. En la actualidad, la investigación de los bienes relacionados con la actividad delictiva es
considerada una fórmula eficaz para contrarrestar el incremento progresivo de conductas
antijurídicas cada día más complejas, muchas de ellas realizadas por grupos organizados
surgidos alrededor de las ingentes ganancias que las mismas reportan, que en muchas ocasiones
trascienden el ámbito fronterizo de los Estados. Solo así se puede combatir eficazmente a la
delincuencia organizada y explica la autonomía que ha cobrado el decomiso respecto de la
pena2.
Ahora bien, esta preocupación por poner freno a los rendimientos económicos del delito
no es novedosa3. Naciones Unidas ya instó a los Estados a introducir mecanismos jurídicos que
* Profesora Doctora de Derecho Procesal, U niversidad Pontificia Comillas, Madrid, España. mgisbert@comillas.edu .
1 GASCÓN (2016), p. 3: “De forma paulatina, en los últimos quince años las instituciones europeas han ido avanzando inexorablemente
hacia una política de “decomiso total”, impulsando una progresiva extensión de los bienes que pueden o deben ser objeto de decomiso”.
2 DÍAZ (2016), p. 3.
3 Véase, entre otras, Sentencia del Tribunal Supremo Nº 599/2020, de 12 de noviembre de 2020 o Sentencia de la Sala de Apelación de
la Audiencia Nacional Nº 6/ 2020, de 1 de septiembre de 2020. Com o expone PORTAL (2016), p. 175: “El decomiso tiene su origen en la
institución de la publicatio bonorum codificada en el periodo republicano del Derecho Penal Romano. Era considerada una pena
accesoria que se decretaba coercitivamente sobre el patrimonio de una estirpe en beneficio de la sociedad, si uno de sus miembros
cometía una conducta punible grave”.

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