CONTROL JUDICIAL DEL DEBIDO PROCESO EN LAS UNIVERSIDADES: ANALISIS DESDE EL DERECHO COMPARADO - Núm. 54, Julio 2020 - Revista de Derecho - Libros y Revistas - VLEX 853602724

CONTROL JUDICIAL DEL DEBIDO PROCESO EN LAS UNIVERSIDADES: ANALISIS DESDE EL DERECHO COMPARADO

AutorRodrigo José Pablo Pérez
Páginas183-213
183
* Abogado, Profesor de la Pontif‌icia Universidad Católica de Chile; Licenciado
en Derecho Pontif‌icia Universidad Católica de Chile, Magister en Derecho Univer-
sidad de Edimburgo.
Revista de Derecho
de la Pontif‌icia Universidad Católica de Valparaíso
LIV (Valparaíso, Chile, 1er semestre de 2020)
[pp. 183 – 213]
CONTROL JUDICIAL DEL DEBIDO PROCESO EN
LAS UNIVERSIDADES: ANALISIS DESDE EL DERECHO
COMPARADO
[Judicial Review of Due Process in Universities: analysis from
Comparative Law]
Rodrigo PABLO P.*
RESUMEN ABSTRACT
Alrededor del mundo los Tribunales
de Justicia intervienen para resolver si
las sanciones impuestas a estudiantes o
académicos en el contexto universitarios
se han ceñido a un debido proceso. Este
trabajo compara, usando el método
funcional, como, el derecho nortea-
mericano, colombiano y chileno han
enfrentado el asunto. Así, analiza tres
problemas jurídicos: (i) fundamentos
de la intervención judicial; (ii) requisitos
del debido proceso en la Universidad, y
(iii) interpretación de los reglamentos
universitarios. Ello con miras a delimi-
tar la competencia de los Tribunales y
aportar al conocimiento de los límites
de la autonomía universitaria.
Throughout the world, the Courts
of Justice intervene to resolve whether
the sanctions imposed on students or
academics, in the university context,
have been carried out following a due
process. This work compares, using the
functional method, as North American,
Colombian, and Chilean laws have faced
this issue. In this sense, it analyzes three
legal problems: (i) foundations of judicial
intervention, (ii) due process requirements
at the University, and (iii) interpretation
of university regulations. All of this, in or-
der to frame the Law Courts’ competence
and contribute to the knowledge of the
institutional autonomy’s limits.
PALABRAS CLAVE KEYWORDS
Derecho Comparado – autonomía
universitaria – libertad académica –
debido proceso – sanción disciplinaria
– sanción académica.
Comparative Law – institutional
autonomy – academic freedom – due
process – disciplinary sanction – academic
sanction
RECIBIDO el 15 de mayo de 2020 y APROBADO el 21 de julio de 2020.
184 REVISTA DE DERECHO 54 (PRIMER SEMESTRE DE 2020) RODRIGO PABLO P.
I. INTRODUCCIÓN: EL DEBIDO PROCESO EN LAS UNIVERSIDADES, ALGUNOS
PROBLEMAS COMUNES
Las universidades son organizaciones cuyo f‌in es producir conocimien-
to y traspasarlo. Asimismo, son importantes espacios de socialización y
educación en los que participan todos aquellos que forman parte de la
comunidad universitaria.
Debido al rol social que cumplen, la institución universitaria tiene
poder y ejerce control sobre la vida de quienes participan en la misma; en
particular profesores y alumnos1. Estos llevan adelante gran parte de su
vida en torno a ella y establecen relaciones jurídicas con la misma, que-
dando en muchos ámbitos sometidos a la autoridad de la institución en
decisiones que pueden implicar que pierdan su trabajo o se vean impedidos
de obtener un título en el que han invertido sumas importantes y tiempo
valioso. Además, puede implicar un importante daño social y psicológico.
Por otro lado, el rol socializador de la universidad implica que ella formará
a las futuras generaciones de una nación. Así, el determinar las ideas y
conductas que serán admisibles en el ámbito universitario es una materia
delicada. Siendo relevante procurar que las universidades eduquen según
valores democráticos2, entre los cuales destaca el debido proceso3.
En vista de los f‌ines anteriores, a nivel mundial se concuerda en que las
universidades al aplicar disciplina sobre los miembros de su comunidad
deben ceñirse a un debido proceso. Esto se establece, por ejemplo, en los
puntos 48 y siguientes de la declaración de la UNESCO en cooperación
con la OIT sobre situación del personal docente4.
1 Generalmente no se incluye en esta categoría a los administrativos o personas
que prestan otra clase de servicios en o a la universidad por razones históricas y por-
que ellas no están directamente involucradas en la función educacional . Sus relacio-
nes con las universidades se rigen simplemente por las normas del Derecho Laboral,
Administrativo o Contractual que sea aplicable según la clase de relación existente.
2 BASSA, Jaime – ASTE, Bruno, Autonomía Universitaria: Conf‌iguración Legislativa
de su Contenido Constitucional, en Estudios Constitucionales 17 (2019), 1, p. 196.
Quienes sostienen que las garantías universitarias deben ser acordes con los princi-
pios democráticos.
3 YOFFE, Emily, The unconfortable truth about Campus Rape Policy, en The At-
lantic (6 de septiembre de 2017). Disponible [en línea]: https://www.theatlantic.
com/education/archive/2017/09/the-uncomfortable-truth-about-campus-rape-poli-
cy/538974/ (visitado el 13 de mayo de 2020).
4 UNESCO, Recomendaciones relativa a la situación del personal docente en la
educación superior (1997). Disponible [en línea]: http://portal.unesco.org/es/ev.php
URL_ID=13144&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html (visitado
el 11 de abril, de 2020).

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