Contenido de las ofertas técnicas - Núm. 100, Octubre 2021 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 895920476

Contenido de las ofertas técnicas

AutorRicardo Garrido C.
Páginas31-46
31
BASES ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO DE CESANTÍA
5.2. Aclaraciones de Antecedentes
El Licitador podrá solicitar a los Postulantes, si lo estimare necesario y dentro del
plazo de 5 días contado desde el vencimiento para la presentación de las ofertas,
aclaraciones de los antecedentes presentados, otorgándoles un plazo de tres días
para ello.
5.3. Registro de Oferentes
Dentro del plazo de los 15 días siguientes al vencimiento del plazo para presentar las
Ofertas, el Licitador confeccionará un Registro de Oferentes, comunicando a cada uno
de los Postulantes su inclusión en él, como asimismo enviando igual comunicación a
los Postulantes no incluidos en dicho Registro, sea por no haber acompañado todos
los antecedentes que se exigen en el Sobre N° 1 ya señalado, por no haber aclarado
las observaciones que se le hubieren efectuado con relación a los antecedentes
presentados dentro del plazo jado por el Licitador en atención al punto 5.2 de estas
Bases, o por no haber sido precalicado como Oferente idóneo en consideración a
sus antecedentes técnicos, económicos y nancieros.
Los Sobres N° 2 (Oferta Técnica) y N° 3 (Oferta Económica) sin abrir, junto con la
Garantía de Seriedad de la Oferta, serán devueltos a los Postulantes no precalicados
satisfactoriamente, dentro del plazo de 15 días contado desde la noticación de su
calicación.
TÍTULO 6: CONTENIDO DE LAS OFERTAS TÉCNICAS
La Oferta Técnica está compuesta por:
i) Una Oferta Técnica Básica Obligatoria, que se detalla en el punto 6.1 de estas
Bases, y
ii) Una Oferta Técnica Adicional Voluntaria, que se detalla en el punto 6.2 de estas
Bases
6.1. Oferta Técnica Básica
La Oferta Técnica Básica deberá ofrecer los estándares mínimos que se indican en
el presente numeral.
El cumplimiento de todos y cada uno de los estándares indicados en este título es
condición necesaria para calicar. Para estos efectos el Postulante deberá suscribir
el Anexo 9 de estas Bases. El Licitador rechazará la Oferta Técnica de todos los
postulantes que no cumplan con uno o varios de los estándares mínimos.
La Oferta Técnica Básica deberá incluir:
a) Detalle de las medidas contempladas para asegurar el cumplimiento de los
estándares de calidad de servicio, establecidos en el numeral 6.1.3 de estas Bases.
32
MANUAL EJECUTIVO LABORAL
b) Plan de Implementación.
c) Plan de traspaso tecnológico al nalizar el período del contrato para dar cumplimiento
a lo establecido en el numeral 9.11 de estas Bases.
La Oferta Técnica Básica deberá incluir la prestación de los servicios que se señalan
a continuación y cumplir con los estándares de servicio establecidos en el marco
normativo emitido por la Superintendencia de Pensiones.
6.1.1. Con relación a la administración de las Cuentas Individuales por Cesantía y del
Fondo de Cesantía Solidario y otorgamiento de benecios:
a) Aliación: Se producirá cuando el trabajador hubiere suscrito la solicitud de
aliación voluntaria, o cuando su empleador hubiere efectuado el reconocimiento de
su deuda previsional, o bien cuando el referido empleador hubiere efectuado el pago
de cotizaciones al seguro de cesantía correspondiente a dicho trabajador.
b) Creación de la Cuenta Individual por Cesantía: Corresponde a la apertura de la
cuenta individual por cesantía de cada trabajador en los plazos que establece la
normativa emitida por la Superintendencia de Pensiones.
c) Base de Datos: Corresponde a aquella referida en el artículo 34 de la ley N°19.728,
esto es los registros necesarios para la operación del Seguro que incluirá el registro
general de información del trabajador, los movimientos de las Cuentas Individuales
por Cesantía y el archivo de documentos, la que deberá ser actualizada dentro de
los plazos que establece la normativa emitida por la Superintendencia de Pensiones.
d) Acreditación de cotizaciones: Los recursos provenientes de las cotizaciones del
(los) empleador (es) y trabajadores aliados, deberán acreditarse en las Cuentas
Individuales por Cesantía y en el Fondo de Cesantía Solidario, dentro de los plazos y
en la forma que establece la normativa emitida por la Superintendencia de Pensiones.
e) Cobranza: La sociedad administradora deberá iniciar la cobranza prejudicial de
cotizaciones impagas y la cobranza judicial, dentro de los plazos que establece la
normativa de la Superintendencia de Pensiones. Asimismo, deberá proseguir con la
cobranza prejudicial y judicial que estuviere pendiente al momento de inicio de sus
operaciones como Administradora del seguro de cesantía.
f) Solución de Reclamos y de Pagos en Exceso: Los informes de solución de reclamos
y de solicitudes de devolución de pagos en exceso, deberán ser emitidos en el plazo
establecido por la normativa dictada por la Superintendencia de Pensiones.
g) Gestión de solicitudes y pago de prestaciones: Corresponde a la implementación
de mecanismos necesarios para la acreditación de los benecios con cargo al Fondo
de Cesantía y al Fondo de Cesantía Solidario, conforme a la normativa emitida por la
Superintendencia de Pensiones.
h) Pagos Indebidos: La sociedad administradora deberá implementar los
procedimientos necesarios para el tratamiento de los pagos indebidos de cotizaciones
de trabajadores que la ley expresamente excluye, conforme a la normativa emitida
por la Superintendencia de Pensiones.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR