A contar del mediodía de hoy cambia la forma de investigar los abusos sexuales a menores de edad - 3 de Octubre de 2019 - El Mercurio - Noticias - VLEX 815152265

A contar del mediodía de hoy cambia la forma de investigar los abusos sexuales a menores de edad

A contar del mediodía de hoy, los habitantes de las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Maule, Aysén y Magallanes deberán estar atentos. El primer delito sexual contra un menor de edad en esas jurisdicciones será el primero en investigarse de acuerdo a una nueva normativa: la Ley 21.057 de la Entrevista Investigativa Videograbada, aquella de la campaña "No me preguntes más", impulsada por la Fundación Amparo y Justicia.Nueve protocolos comenzarán a operar. Estos determinan los estándares para la aplicación del sistema."En verdad, cuesta pensar en una innovación tan profunda y de tanta envergadura como la que conlleva esta ley", comenta el ministro de Justicia, Hernán Larraín. "Desde la Reforma Procesal Penal ha habido muchas reformas, pero quizás ninguna sea tan significativa, contundente e innovadora como esta. Va a cambiar radicalmente la investigación penal de abusos sexuales cometidos a menores, protegiéndolos de un modo efectivo y haciendo más eficiente la búsqueda de la verdad", asevera.La única instancia inicial permitidaTodos los funcionarios públicos o personas particulares de las regiones ya mencionadas que tomen conocimiento de hechos constitutivos de delito de connotación sexual y que pudieren afectar a un niño o adolescente, junto con instar por su acogida y privacidad, deben con la mayor celeridad conducir la información entregada hasta la unidad policial u oficina del Ministerio Público más cercana. Tendrán presente que al fiscal le corresponde de forma exclusiva la dirección de la investigación -iniciada de oficio, por denuncia o querella- y la protección de las víctimas, según la Constitución de la República y las leyes vigentes, dice uno de los protocolos.Y ordena: en ese momento, el fiscal del caso deberá requerir que se concrete una entrevista investigativa videograbada, única instancia inicial que la ley contempla para requerir información del menor.Nadie, aparte del entrevistador calificado, podrá preguntarle al menor cómo ocurrieron los hechos. Por eso, la interacción inicial con este se deberá circunscribir a los lineamientos protocolizados, en cuanto a las condiciones de acogida y privacidad, consignando por escrito las manifestaciones verbales y conductuales que de forma...

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