Ley núm. 13097, publicada el 24 de Octubre de 1958. AUTORIZA A LA CORPORACION DE LA VIVIENDA PARA ATENDER A LOS COLEGIOS DE ABOGADOS, ARQUITECTOS, CONSTRUCTORES, DENTISTAS, FARMACEUTICOS Y MEDICO Y A LOS INSTITUTOS DE INGENIEROS Y ARQUITECTOS DE CONCEPCION, EL TERRENO QUE INDICA Y CUYOS DESLINDES SEÑALA, CON EL FIN DE QUE ESTOS CONSTRUYAN LA CASA HOGAR PARA LOS COLEGIOS PROFESIONALES DE FORMACION UNIVERSITARIA DE CONCEPCION. - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497389022

Ley núm. 13097, publicada el 24 de Octubre de 1958. AUTORIZA A LA CORPORACION DE LA VIVIENDA PARA ATENDER A LOS COLEGIOS DE ABOGADOS, ARQUITECTOS, CONSTRUCTORES, DENTISTAS, FARMACEUTICOS Y MEDICO Y A LOS INSTITUTOS DE INGENIEROS Y ARQUITECTOS DE CONCEPCION, EL TERRENO QUE INDICA Y CUYOS DESLINDES SEÑALA, CON EL FIN DE QUE ESTOS CONSTRUYAN LA CASA HOGAR PARA LOS COLEGIOS PROFESIONALES DE FORMACION UNIVERSITARIA DE CONCEPCION.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyLey

AUTORIZA A LA CORPORACION DE LA VIVIENDA PARA ATENDER A LOS COLEGIOS DE ABOGADOS, ARQUITECTOS, CONSTRUCTORES, DENTISTAS, FARMACEUTICOS Y MEDICO Y A LOS INSTITUTOS DE INGENIEROS Y ARQUITECTOS DE CONCEPCION, EL TERRENO QUE INDICA Y CUYOS DESLINDES SEÑALA, CON EL FIN DE QUE ESTOS CONSTRUYAN LA CASA HOGAR PARA LOS COLEGIOS PROFESIONALES DE FORMACION UNIVERSITARIA DE CONCEPCION.

Por cuanto el Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo 1° La Corporación de la Vivienda venderá a los Colegios Profesionales, de formación universitaria que se indican a continuación o a la sociedad o comunidad inmobiliaria que formen entre sí, el sitio ubicado en la Diagonal Pedro Aguirre Cerda, sin número, en Concepción, signado en el plano de loteo protocolizado en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Concepción, N° 5, de fecha 11 de enero de 1950, con el N° 16.

El precio de la compraventa será de $ 1.957.000, pagadero dentro del plazo de 15 años con amortizaciones semestrales y un interés de un 3% anual.

Los Colegios a que se hace referencia son: Colegio de Abogados, Arquitectos, Constructores, Dentistas, Farmacéuticos, Médico e Instituto de Ingenieros y Arquitectos y demás organizaciones profesionales de formación universitaria que éstos pudieran aceptar.

La compraventa queda sujeta a la condición de que el Colegio Médico previamente transfiera a los Colegios Profesionales nombrados o a la sociedad o comunidad inmobiliaria que formen, dentro de los seis meses siguientes a la fecha de la publicación de la presente ley, el sitio N° 17, vecino al anterior, ubicado en la Diagonal Pedro Aguirre Cerda, sin número.

Los beneficiados con esta compraventa deberán iniciar dentro del plazo de dos años, contados desde la fecha de publicación de la presente ley, la construcción de la Casa Hogar para los Colegios Profesionales de formación universitaria de Concepción.

Artículo 2°

El predio a que se refiere el artículo 1° de la presente ley está inscrito a nombre de la Corporación de...

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