Supremacía constitucional y aplicación judicial de la constitución en los Estados Unidos: Objeciones a la Judicial Supremacy - Núm. 1-2012, Julio 2012 - Revista de Estudios Constitucionales - Libros y Revistas - VLEX 468144710

Supremacía constitucional y aplicación judicial de la constitución en los Estados Unidos: Objeciones a la Judicial Supremacy

AutorLuis Alejandro Silva Irarrázaval
CargoProfesor de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes
Páginas117-144
117Estudios Constitucionales, Año 10, Nº 1
2012, pp. 117 - 144
Estudios Constitucionales, Año 10, Nº 1, 2012, pp. 117 - 144.
ISSN 0718-0195
Centro de Estudios Constitucionales de Chile Universidad de Talca
“Supremacía constitucional y aplicación judicial de la Constitución en los
Estados Unidos: objeciones a la judicial supremacy
Luis Alejandro Silva Irarrázaval
Estudios Constitucionales, Año 10, Nº 1
2012, pp. 117 - 144
SUPREMACÍA CONSTITUCIONAL Y APLICACIÓN JUDICIAL
DE LA CONSTITUCIÓN EN LOS ESTADOS UNIDOS:
OBJECIONES A LA JUDICIAL SUPREMACY (1)
JU D I C I A L S U P R E M A C Y A N D J U D I C I A L A P P L I C A B I L I T Y O F THE CO N S T I T U T I O N
I N T H E UN I T E D ST A T E S : O B J E C T I O N S T O THE J U D I C I A L S U P R E M A C Y .
LU I S AL E J A N D R O SI L V A IR A R R Á Z A VA L (2).
Profesor de Derecho; Facultad de Derecho Universidad de Los Andes
lsilva@uandes.cl
RE S U M E N : La garantía de la Constitución descansa def‌initivamente en el Poder Judicial, porque
la Constitución escrita es ley y es deber del juez aplicar la ley. Pero además, por ser la Constitución ley
suprema, la interpretación judicial de la Constitución es suprema también. Luego, la misma natura-
leza de la Constitución –ley escrita y suprema- implicaría la supremacía del poder judicial –judicial
supremacy– por sobre los demás poderes estatales y federales, porque su interpretación de la Constitución
prevalecería por sobre cualquier otra. En este artículo discutimos esta conclusión, en el contexto del
Derecho Constitucional norteamericano. Analizando los fundamentos de la judicial supremacy, se
quiere demostrar que la naturaleza de la Constitución no implica necesariamente que sea un tribunal
–la Corte Suprema federal, en última instancia- quien interprete su signif‌icado en forma def‌initiva.
Las tres notas características de la Constitución –escrita, normativa y suprema- admiten otra lectura,
que no conduce a la af‌irmación de la judicial supremacy como consecuencia inevitable.
AB S T R A C T : The guarantee of the Constitution lies def‌initively in the judiciary, because the written
Constitution is law and the duty of the judge is to say what the law is. In addition, as the Constitution
is the supreme law, judicial interpretation of the Constitution is supreme as well. Then, the very nature
of the Constitution –supreme, normative and written- involve the supremacy of the judiciary over other
state and federal powers, because their interpretation of the Constitution prevail over any other –that it’s
judicial supremacy. In this paper we discuss this f‌inding, in the context of American constitutional law.
Analyzing the foundations of judicial supremacy is to demonstrate that the nature of the Constitution
does not necessarily means that it is a court –f‌inally, the federal Supreme Court– the ultimate interpreter
of its meaning. The three characteristic features of the Constitution –written, normative and supreme–,
admit another reading, which leads not to the assertion of judicial supremacy as unavoidable.
1 Este artículo es resultado de un proyecto de investigación f‌inanciado por la Dirección de Investigación de
la Universidad de los Andes. Presentado el 25 de agosto de 2011 y aprobado el 23 de noviembre de 2011.
2 Profesor de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes. Mail: lsilva@
uandes.cl. Quiero agradecer al profesor Sergio Verdugo sus observaciones, y a Vicente Yubini, mi ayudante,
por su dedicación al proyecto.
LU I S AL E J A N D RO SI L V A IR A R R Á Z A V A L
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2012, pp. 117 - 144
PA L A B R A S C L A V E : Supremacía Judicial; Supremacía Constitucional; Corte Suprema
KE Y W O R D S : Judicial Supremacy; Constitution Supremacy; Supreme Court
I. IN T R O D U C C I Ó N
En Estados Unidos la defensa de la Constitución está prácticamente entregada a
la Corte Suprema federal. Esta interpreta su texto a través de sentencias que tienen
efectos vinculantes no sólo para las partes del juicio, sino para todos los restantes
poderes del país, estatales y federales. Las sentencias de la Corte Suprema federal
son la última palabra sobre el signif‌icado de la Constitución; su interpretación
prevalece sobre la interpretación del ejecutivo y del legislativo. Por esto, en Estados
Unidos se habla de la supremacía del poder judicial (judicial supremacy).
La doctrina de la judicial supremacy descansa principalmente en la sentencia
Marbury v. Madison, en la que John Marshall sentó las bases de la judicial review.
Este poder del juez para aplicar la Constitución contra la ley parece que se funda
en la naturaleza misma de la Constitución. Porque la Constitución es ley, y el
deber esencial del juez es aplicar la ley, el juez debe aplicar la Constitución. Pero
como además la Constitución es suprema, el juez debe preferirla a la ley en caso
de incompatibilidad entre ambas. A esto debe agregársele el efecto natural de
cualquier sentencia en la tradición del common law, que es determinar el sentido
de la norma interpretada para futuros casos similares, por el principio del stare
decisis; con valor supremo en este caso, por tratarse de la norma suprema.
Los fundamentos de la judicial supremacy parecen demostrar en forma inequí-
voca, que esta doctrina emana como consecuencia necesaria de la naturaleza de
la Constitución. No importa si gusta poco o mucho, porque es inevitable. Pero
aquí se discute esto: la Constitución no implica necesariamente que su guardián
último sea el Poder Judicial. Es verdad que si se aceptan las premisas de la judicial
supremacy, el corolario es la supremacía del judicial, porque el argumento está
bien construido y la conclusión no es falaz. Pero si no se aceptan las premisas, la
conclusión es otra.
Tres son las premisas que se cuestionan, en cuanto supondrían lógicamente
la judicial supremacy: el carácter escrito de la Constitución, su carácter normativo
y su carácter supremo. Ni el hecho de ser la Constitución escrita, ni normativa
ni suprema implica que su interpretación def‌initiva esté en manos de la Corte
Suprema federal. Esto no signif‌ica negar la posibilidad (o el hecho) de la judicial
supremacy, sino la naturaleza de la Constitución como su fundamento lógico nor-
mativo. Este trabajo pretende demostrar que las premisas invocadas para af‌irmar
la judicial supremacy como efecto ineludible de la Constitución son equívocas y,
por lo tanto, no concluyentes.

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